Orden

Actualización de estándares de competencias profesionales de varias familias profesionales

Título oficial: Orden EFD/1073/2026, de 5 de octubre, por la que se actualizan determinados estándares de competencias profesionales de las familias profesionales Agraria; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Energía y Agua; Edificación y Obra Civil; Fabricación Mecánica; Industrias Alimentarias; Madera, Mueble y Corcho; Química; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica recogidos en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 12 de octubre de 2026 BOE-A-2026-21167 370 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

Se actualizan determinados estándares de competencias profesionales de varias familias profesionales recogidos en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales. La actualización se efectúa mediante nuevos anexos que dejan sin efecto la parte afectada de los anexos originales.

Esta orden actualiza determinados estándares de competencias profesionales de las familias Agraria; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Energía y Agua; Edificación y Obra Civil; Fabricación Mecánica; Industrias Alimentarias; Madera, Mueble y Corcho; Química; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica, en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.

La actualización se realiza mediante el establecimiento de nuevos anexos que dejan sin efecto la parte de los anexos originales afectada por la actualización, conforme a la disposición transitoria única del Real Decreto 532/2025, de 24 de junio. Los estándares actualizados se identifican por su denominación y su código (por ejemplo, ECP0529_2) y se sustituyen por la redacción que figura en los anexos numerados en esta orden. Además, el contenido de estos estándares no otorga por sí mismo la capacitación para desempeñar funciones preventivas en materia de riesgos laborales.

A quién afecta

  • personas y entidades vinculadas a la formación profesional en las familias profesionales citadas
  • centros educativos y formativos que impartan formación profesional relacionada con dichos estándares
  • sectores productivos y empresas que utilicen los estándares del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales

Qué cambia

  • Se da nueva redacción a múltiples estándares de competencias profesionales identificados por denominación y código (por ejemplo, ECP0529_2, ECP0530_2, ECP0687_2, etc.).
  • Los estándares actualizados quedan sustituidos por la redacción contenida en los anexos correspondientes de esta orden (anexos I a LXIX).
  • Los anexos originales o la parte afectada de los mismos quedan sin efecto cuando se establecen los nuevos anexos.
  • Se suprimen determinados anexos de reales decretos aprobados al amparo del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, enumerados en la disposición final primera.
  • Los estándares actualizados no constituyen regulación de profesión regulada alguna.
  • El contenido de los estándares no otorga por sí mismo la capacitación para desempeñar funciones preventivas de niveles básicos, intermedios o superiores en prevención de riesgos laborales.

Plazos

  • La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Preguntas y respuestas

¿Qué hace esta orden?

Actualiza determinados estándares de competencias profesionales de diversas familias profesionales mediante nuevos anexos que sustituyen la parte afectada de los anexos originales.

¿A qué familias profesionales afecta la actualización?

Agraria; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Energía y Agua; Edificación y Obra Civil; Fabricación Mecánica; Industrias Alimentarias; Madera, Mueble y Corcho; Química; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica.

¿Los estándares actualizados regulan profesiones reguladas?

No constituyen una regulación de profesión regulada alguna.

¿Sirven esos estándares como capacitación para funciones preventivas en materia de riesgos laborales?

No; el contenido de los estándares no otorga por sí mismo la capacitación para el desempeño de las funciones preventivas previstas en el Reglamento de los Servicios de Prevención.

¿Dónde figura la redacción que sustituye a los estándares anteriores?

En los anexos correspondientes de esta orden (anexos I a LXIX), que dejan sin efecto la parte del anexo original afectada por la actualización.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden EFD/1073/2026
Organismo
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Fecha de la norma
5 de octubre de 2026
Publicada en el BOE
12 de octubre de 2026
Identificador
BOE-A-2026-21167
Última actualización en el BOE
12 de octubre de 2026

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