Orden

Actualización de módulos económicos y retribuciones del personal docente en Ceuta y Melilla para 2024

Título oficial: Orden EFD/1392/2024, de 9 de diciembre, por la que se actualizan para el año 2024 las retribuciones del personal docente y los conceptos incluidos en el Anexo V de los Presupuestos Generales del Estado del año 2023, prorrogados para el año 2024, referidos a la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 11 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-25791 4 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Se actualizan con efectos de 1 de enero de 2024 los importes del Anexo V de los Presupuestos para el sostenimiento de centros concertados en Ceuta y Melilla. Se incrementa un componente por plus de residencia y se regula el abono del plus de residencia conforme al convenio colectivo.

Se actualizan los importes anuales y el desglose de los módulos económicos por unidad escolar para los centros concertados ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla, con efectos de 1 de enero de 2024.

La cuantía del componente del módulo de “Otros gastos” para las unidades concertadas en educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y formación profesional básica se incrementa en 1.405,26 euros en los centros ubicados en Ceuta y Melilla por el mayor coste del plus de residencia del personal de administración y servicios. Al personal docente se le abonará la cantidad correspondiente al plus de residencia establecido en el convenio colectivo, si bien la Administración Educativa no asumirá incrementos superiores al porcentaje de incremento global fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el abono de los importes definitivos se tendrán en cuenta las bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social aplicables, conforme al artículo 31 y a la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.

A quién afecta

  • centros concertados ubicados en las Ciudades de Ceuta
  • centros concertados ubicados en las Ciudades de Melilla
  • personal docente de centros concertados en Ceuta y Melilla
  • personal de administración y servicios de centros concertados en Ceuta y Melilla

Qué cambia

  • Actualización de los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar con efectos de 1 de enero de 2024.
  • Incremento de 1.405,26 euros en el componente de “Otros gastos” para unidades concertadas en infantil, primaria, ESO y FPB en Ceuta y Melilla.
  • Abono al personal docente del plus de residencia establecido en el convenio colectivo.
  • La Administración Educativa no asumirá incrementos del plus de residencia superiores al porcentaje de incremento global fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • En el abono de importes definitivos se aplicarán las bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social previstas en el artículo 31 y la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.

Qué hay que hacer

  • Ninguna actuación particular exige el texto por parte de beneficiarios; la orden establece las cuantías y su forma de abono.

Plazos

  • 1 de enero de 2024

Preguntas y respuestas

¿Desde cuándo se aplican las nuevas cuantías?

Con efectos de 1 de enero de 2024.

¿Cuánto se incrementa el componente de “Otros gastos” por unidad escolar?

En 1.405,26 euros en los centros ubicados en Ceuta y Melilla para infantil, primaria, ESO y FPB.

¿Se paga plus de residencia al personal docente?

Sí; se abonará la cantidad correspondiente al plus de residencia establecido en el convenio colectivo.

¿La Administración asumirá cualquier incremento del plus de residencia?

No; no asumirá incrementos superiores al porcentaje de incremento global fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

¿Se tienen en cuenta bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social?

Sí; en el abono de los importes definitivos se tendrán en cuenta las bonificaciones aplicables conforme al artículo 31 y la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden EFD/1392/2024
Organismo
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Fecha de la norma
9 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
11 de diciembre de 2024
En vigor desde
12 de diciembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-25791
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Centros docentes concertados · Ceuta · Melilla · Presupuestos Generales del Estado · Profesorado · Retribuciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.