Aclara qué contratos quedan fuera de la Junta de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional
Título oficial: Orden EFP/1274/2022, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden EFP/1418/2018, de 27 de diciembre, por la que se crea la Junta de Contratación y se constituye la Mesa de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La orden precisa que quedan excluidos de la Junta los contratos adjudicados por procedimiento abierto simplificado cuando se tramiten por el procedimiento del artículo 159.6. No modifica la regulación de fondo, sino que aclara cómo se aplica esa exclusión.
La exclusión se aplica a los contratos que se adjudiquen por procedimiento abierto simplificado y que se tramiten siguiendo el procedimiento del artículo 159.6 de la Ley de Contratos del Sector Público. No basta con que el contrato cumpla los requisitos para usar ese procedimiento.
La orden modifica únicamente la letra f) del apartado 2 del artículo 3 de la norma que regula la Junta y la Mesa de Contratación del Ministerio. Indica que la orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación.
A quién afecta
- Junta de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Unidades del Ministerio que tramitan contratos públicos
Qué cambia
- Se aclara que quedan fuera del ámbito de actuación de la Junta los contratos adjudicados por procedimiento abierto simplificado cuando se tramiten siguiendo el procedimiento del artículo 159.6 de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Se precisa que cumplir los requisitos para ese procedimiento, sin tramitar el contrato por él, no determina la exclusión.
Preguntas y respuestas
¿Qué contratos quedan excluidos del ámbito de actuación de la Junta?
Los adjudicados por procedimiento abierto simplificado cuando se tramiten siguiendo el procedimiento del artículo 159.6 de la Ley de Contratos del Sector Público.
¿Basta con que el contrato cumpla los requisitos para ese procedimiento?
No. La exclusión se refiere a los contratos que efectivamente se tramiten siguiendo el procedimiento del artículo 159.6.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden EFP/1274/2022
- Organismo
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Fecha de la norma
- 16 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 23 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 24 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-21802- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Contratos de las Administraciones Públicas · Juntas de Contratación · Mesas de Contratación · Ministerio de Educación y Formación Profesional · Subsecretarías ministeriales
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 3 de la Orden EFP/1418/2018, de 27 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en el BOE)