Las solicitudes y comunicaciones de las convocatorias del INTEF deben tramitarse electrónicamente
Título oficial: Orden EFP/573/2022, de 17 de junio, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en los procedimientos de convocatorias de eventos, premios, estancias y formación del profesorado, del Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Quienes participen en convocatorias de eventos, premios, estancias y formación del profesorado deben presentar las solicitudes por vía electrónica. Las comunicaciones y notificaciones también se realizarán electrónicamente.
La obligación se aplica a todos los trámites entre el INTEF y las personas beneficiarias de esas convocatorias. Las solicitudes se presentan en el Registro Electrónico General, a través del PAGe o de la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Las notificaciones estarán disponibles en la Dirección Habilitada Única y, de forma complementaria, en la sede electrónica asociada. Si alguien presenta una solicitud en persona, deberá corregirlo presentándola electrónicamente en el plazo de diez días. Si no lo hace, se le tendrá por desistido de su petición; la fecha de presentación será la de la subsanación.
A quién afecta
- Personas beneficiarias de convocatorias del INTEF para eventos, premios, estancias y formación del profesorado
Qué cambia
- Las solicitudes deben presentarse electrónicamente en el Registro Electrónico General.
- Las comunicaciones y notificaciones entre el INTEF y las personas beneficiarias deben realizarse por medios electrónicos.
- Se admitirán los sistemas de identificación y firma previstos en la normativa citada.
- Se garantiza al menos un punto de acceso general en el Centro de Información y Atención al Ciudadano, en la sede de calle de los Madrazo 15, Madrid.
- Las solicitudes presentadas en persona deberán subsanarse electrónicamente en el plazo de diez días; si no se hace, se tendrá al interesado por desistido.
Qué hay que hacer
- Presentar electrónicamente las solicitudes en el Registro Electrónico General, a través del PAGe o de la sede electrónica asociada del Ministerio.
- Consultar las notificaciones y comunicaciones en la Dirección Habilitada Única y, de forma complementaria, en la sede electrónica asociada.
- Si presenta una solicitud en persona, volver a presentarla electrónicamente en el plazo de diez días desde el requerimiento.
Plazos
- Diez días para subsanar electrónicamente una solicitud presentada presencialmente.
Preguntas y respuestas
¿A qué convocatorias se aplica la obligación?
A las convocatorias del INTEF de eventos, premios, estancias y formación del profesorado.
¿Dónde se presenta la solicitud?
En el Registro Electrónico General, disponible a través del PAGe y de la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
¿Dónde se reciben las notificaciones?
En la Dirección Habilitada Única y, de forma complementaria, en la sede electrónica asociada.
¿Qué ocurre si se presenta la solicitud en persona?
El órgano convocante requerirá que se presente electrónicamente en el plazo de diez días. Si no se hace, se tendrá al interesado por desistido de su petición.
¿Qué fecha cuenta como fecha de presentación si se subsana?
La fecha en la que se realiza la subsanación electrónica.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden EFP/573/2022
- Organismo
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Fecha de la norma
- 17 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 24 de junio de 2022
- En vigor desde
- 25 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10451- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Administración electrónica · Formación del Profesorado · Internet · Ministerio de Educación y Formación Profesional · Notificaciones telemáticas · Procedimiento administrativo · Registros telemáticos
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (en el BOE)