Modifica varios modelos informativos y actualiza anexos de modelos sobre información tributaria
Título oficial: Orden HAC/1504/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se aprueba el modelo 194; la Orden de 7 de agosto de 2001, por la que se aprueba el modelo 346; la Orden de 4 de octubre de 2001, por la que se aprueba el modelo 192; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que aprueba el modelo 182; la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193; la Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345; la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 721; la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 172, y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que aprueba el modelo 289.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se actualizan varios modelos de declaraciones informativas (192, 193, 194, 198, 182, 289, 345, 721, 172 y 346) para mejorar la calidad de la información tributaria. Cambios técnicos a campos de los modelos, ampliaciones de posiciones y sustitución de anexos para monedas virtuales.
La orden modifica una serie de órdenes anteriores que aprueban distintos modelos informativos con el fin de mejorar la calidad de la información fiscal derivada de obligaciones informativas. Las modificaciones son principalmente técnicas: eliminación de soportes distintos de la transmisión telemática, incorporación de la opción de declaración complementaria en ciertos campos, especificación y ampliación de campos en registros tipo 1 y tipo 2, inclusión de nuevos campos (por ejemplo, gastos de la operación) y ajuste de formatos (por ejemplo, alfanumérico o mayor número de posiciones decimales).
También se actualizan los anexos I y II del modelo 289 (cuentas financieras en asistencia mutua) y se sustituyen los anexos de los modelos sobre monedas virtuales (modelos 721 y 172) para ampliar el número de posiciones decimales del campo «ValorMoneda». Además, se actualiza el campo de porcentaje de deducción del modelo 182 en consonancia con el artículo 19 de la Ley 49/2002 y sus modificaciones recientes.
A quién afecta
- entidades que presentan los modelos 194, 346, 192, 198, 182, 193, 289, 345, 721 y 172
- entidades gestoras de planes de pensiones de empleo simplificados
- instituciones financieras obligadas al modelo 289
Qué cambia
- Eliminación de cualquier forma de soporte distinta de la transmisión telemática en modelos 194 y 192
- Incorporación de la opción «Declaración complementaria» en ciertos campos de los modelos 194 y 192
- En el modelo 194, si durante el año se aplican varios porcentajes de retención, se informará únicamente el último
- En el modelo 192, se introducen cambios normativos en «Código País» y «Tipo de operación» y se añade el campo «Gastos de la operación» (posiciones 163-175)
- En el modelo 198, se incorpora el código 5 en el campo «Clave Código» para identificar contratos por diferencias y se adapta el campo «Código emisor»
- Actualización del campo «% DE DEDUCCIÓN» del modelo 182 conforme a la Ley 49/2002 y modificaciones posteriores
- El campo «NÚMERO DE ORDEN» del modelo 193 pasa a ser alfanumérico y se concreta el contenido del campo «FECHA DE DEVENGO»
- Actualización de los anexos I y II del modelo 289 y sustitución de los anexos de los modelos 721 y 172 para ampliar decimales del campo «ValorMoneda»
Qué hay que hacer
- Presentar las declaraciones informativas mediante transmisión telemática cuando se haya eliminado otro soporte
- Declarar, en los campos indicados, la «Declaración complementaria» o el «Número de justificante de la declaración anterior» cuando proceda
- En el modelo 345, informar siempre el campo «Rendimientos íntegros del trabajo no superiores a 60.000 euros» marcando «X» si procede o «N» en caso contrario
Plazos
- La orden será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2024, que se presentarán en el ejercicio 2025
- Entrada en vigor: 01/01/2025
Preguntas y respuestas
¿Desde cuándo se aplican los cambios?
La orden será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2024, que se presentarán en el ejercicio 2025.
¿Qué soporte deben usar las declaraciones 194 y 192?
Se elimina cualquier forma de soporte distinta de la transmisión telemática.
Qué ocurre si durante el año se aplican varios porcentajes de retención en el modelo 194?
Se indicará únicamente el último de ellos.
Se incluyen nuevos datos en las declaraciones sobre Letras del Tesoro (modelo 192)?
Sí; se introduce el campo «Gastos de la operación» (posiciones 163-175) y se actualizan campos como «Código País» y «Tipo de operación».
Qué cambio hay en los modelos sobre monedas virtuales (721 y 172)?
Se sustituyen sus anexos para ampliar el número de posiciones decimales del campo «ValorMoneda».
Cómo se debe informar en el modelo 345 el campo sobre rendimientos no superiores a 60.000 euros?
Se debe elegir una «X» en caso de rendimientos no superiores, o una «N» en caso contrario.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden HAC/1504/2024
- Organismo
- Ministerio de Hacienda
- Fecha de la norma
- 26 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 31 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 1 de enero de 2025
- Identificador
BOE-A-2024-27528- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Activos financieros · Administración electrónica · Agencia Estatal de la Administración Tributaria · Agricultura · Cooperación internacional · Deuda Pública · Dinero electrónico · Donaciones · Formularios administrativos · Ganadería · Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas · Impuesto sobre la Renta de los no Residentes · Impuesto sobre Sociedades · Información tributaria · Moneda extranjera · Planes de pensiones · Recaudación · Retención a cuenta · Subvenciones · Títulos valores
Normas que cita o modifica
- modifica el anexo de la Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto (en el BOE)
- modifica los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre (en el BOE)
- modifica el anexo II de la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre (en el BOE)
- modifica el anexo II de la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre (en el BOE)
- modifica el anexo II de la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre (en el BOE)
- modifica el anexo II de la Orden de 4 de octubre de 2001 (en el BOE)
- modifica el anexo II de la Orden de 7 de agosto de 2001 (en el BOE)
- modifica el anexo X de la Orden de 18 de noviembre de 1999 (en el BOE)
- sustituye el anexo I de la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio
- sustituye el anexo de la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio
Otras normas que menciona (11)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley 49/2002, de 23 de diciembre (en el BOE)
- Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre
- Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre (en el BOE)
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (en el BOE)
- Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto 634/2015, de 10 de julio (en el BOE)
- Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre (en el BOE)
- Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre (en el BOE)