Orden

Delegación y revocación de la inspección del IAE y modificación sobre informes del Plan de Recuperación

Título oficial: Orden HAC/1506/2024, de 26 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas y por la que se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 31 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-27530 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Se delega la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) a varios Ayuntamientos, Diputaciones y a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para un municipio. Se aceptan renuncias y se revocan delegaciones; además se exige un informe preceptivo para modificaciones presupuestarias que afecten al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas con los límites y condiciones de la Orden de 10 de junio de 1992 y con efectos de 1 de enero del 2025 a determinados Ayuntamientos, Diputaciones y a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para un Ayuntamiento concreto.

Se aceptan renuncias y se revocan delegaciones por no cumplirse requisitos de la Orden de 10 de junio de 1992. Además, se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, para exigir que las modificaciones presupuestarias que afecten a los créditos del servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” y al resto de créditos vinculados a ese Mecanismo acompañen una memoria con un informe preceptivo de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

A quién afecta

  • Ayuntamientos señalados en el texto
  • Diputaciones señaladas en el texto
  • La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el Ayuntamiento de Cehegín
  • Entidades que tramiten modificaciones presupuestarias que afecten al servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”

Qué cambia

  • Se concede la delegación de la inspección del IAE a Ayuntamientos concretos.
  • Se concede la delegación de la inspección del IAE a Diputaciones para determinados Ayuntamientos.
  • Se concede la delegación de la inspección del IAE a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para Cehegín.
  • Se aceptan renuncias a la delegación por Ayuntamiento y por Diputación.
  • Se revocan delegaciones por no cumplirse requisitos previstos en la Orden de 10 de junio de 1992.
  • La memoria de modificaciones presupuestarias que afecten al servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” deberá acompañarse de un informe preceptivo de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Qué hay que hacer

  • Acompañar la memoria de las modificaciones y variaciones presupuestarias que afecten al servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” con el informe preceptivo de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Plazos

  • 1 de enero del 2025
  • Plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, a partir del día siguiente al de su publicación

Preguntas y respuestas

¿A quiénes se concede la delegación de la inspección del IAE?

A los Ayuntamientos, Diputaciones y a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el Ayuntamiento de Cehegín que se indican en la orden, con los límites y condiciones de la Orden de 10 de junio de 1992 y con efectos de 1 de enero del 2025.

¿Qué delegaciones se revocan?

Se revoca la delegación concedida al Ayuntamiento de A Guarda (Pontevedra) y al Ayuntamiento de La Bisbal D´Empordà (Girona), y la delegación concedida a la Diputación de Valencia respecto del Ayuntamiento de Dos Aguas, con efectos de 1 de enero de 2025, por no cumplirse los requisitos previstos en el artículo 4.º de la Orden de 10 de junio de 1992.

¿Se aceptan renuncias a la delegación?

Sí; se acepta la renuncia presentada por el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) y la renuncia presentada por la Diputación de Castellón respecto del Ayuntamiento de Moncofa, con efectos de 1 de enero del 2025.

¿Qué exige la modificación de la Orden HFP/147/2022 respecto al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia?

Que la memoria de las modificaciones y variaciones presupuestarias que afecten a los créditos del servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” y al resto de créditos vinculados al Mecanismo en presupuestos limitativos vaya acompañada de un informe preceptivo de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

¿Cómo se puede recurrir la orden?

Se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden HAC/1506/2024
Organismo
Ministerio de Hacienda
Fecha de la norma
26 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
31 de diciembre de 2024
En vigor desde
1 de enero de 2025
Identificador
BOE-A-2024-27530
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayuntamientos · Créditos Presupuestarios · Delegación de atribuciones · Diputaciones Provinciales · Gestión presupuestaria · Impuesto sobre Actividades Económicas · Inspección fiscal · Ministerio de Hacienda

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.