Orden

La declaración anual de operaciones eléctricas de 2021 excluye los pagos por electricidad de los trimestres suspendidos

Título oficial: Orden HFP/1123/2022, de 18 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 591 "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes" y 588 "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre" y se establecen forma y procedimiento para su presentación.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 22 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-19289 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Para la declaración anual de operaciones con contribuyentes del impuesto, correspondiente a 2021, solo se incluyen ciertos pagos del primer y segundo trimestre. La declaración debe presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes de diciembre de 2022.

La declaración anual de operaciones con contribuyentes del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, referida a 2021, solo debe incluir pagos por electricidad incorporada al sistema de transporte y distribución durante el primer y segundo trimestre de 2021.

La declaración debe presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes de diciembre de 2022. La modificación se refiere a esa declaración anual.

A quién afecta

  • Quienes satisfacen importes a contribuyentes del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica

Qué cambia

  • La declaración anual de operaciones con contribuyentes de 2021 solo incluye pagos por electricidad incorporada al sistema durante el primer y segundo trimestre de 2021.

Qué hay que hacer

  • Presentar la declaración anual de operaciones con contribuyentes de 2021 durante los veinte primeros días naturales del mes de diciembre de 2022, incluyendo únicamente los pagos indicados.

Plazos

  • Durante los veinte primeros días naturales del mes de diciembre de 2022

Preguntas y respuestas

¿Qué pagos deben incluirse en la declaración de 2021?

Únicamente los pagos que retribuyan la electricidad incorporada al sistema de transporte y distribución durante el primer y segundo trimestre de 2021.

¿Cuándo debe presentarse la declaración?

Durante los veinte primeros días naturales del mes de diciembre de 2022.

¿A quién corresponde presentar esta declaración?

A quienes satisfacen importes a contribuyentes del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden HFP/1123/2022
Organismo
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Fecha de la norma
18 de noviembre de 2022
Publicada en el BOE
22 de noviembre de 2022
En vigor desde
23 de noviembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-19289
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración electrónica · Agencia Estatal de la Administración Tributaria · Energía eléctrica · Formularios administrativos · Impuestos Especiales · Pagos · Producción de energía · Recaudación

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (4)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.