Orden

Se sustituye el modelo de autoliquidación del impuesto sobre determinados servicios digitales para incluir su concertación con el País Vasco

Título oficial: Orden HFP/480/2022, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden HAC/590/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 490 de "Autoliquidación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales" y se determina la forma y procedimiento para su presentación.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 31 de mayo de 2022 BOE-A-2022-8830 5 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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La orden reemplaza el anexo del modelo 490. El nuevo modelo se aplica por primera vez a las autoliquidaciones del segundo trimestre de 2022 que se presenten desde el 1 de julio de 2022.

El nuevo modelo incorpora la concertación del impuesto con la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Concierto Económico establece que el impuesto se rige por las mismas normas sustantivas y formales fijadas por el Estado.

La orden sustituye el anexo del modelo 490 anterior. La sustitución se aplica por primera vez a las autoliquidaciones correspondientes al segundo trimestre de 2022 cuyo plazo de presentación comience el 1 de julio de 2022.

A quién afecta

  • Personas y entidades que deban presentar autoliquidaciones del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Qué cambia

  • Se sustituye el anexo del modelo 490 por un nuevo modelo que incluye la concertación del impuesto con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Plazos

  • El nuevo modelo se aplica por primera vez a las autoliquidaciones correspondientes al segundo trimestre de 2022 cuyo plazo de presentación comience el 1 de julio de 2022.

Preguntas y respuestas

¿Qué cambia en el modelo 490?

Se sustituye su anexo por un nuevo modelo que incluye la concertación del impuesto con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Desde cuándo se usa el nuevo modelo?

Se aplica por primera vez a las autoliquidaciones del segundo trimestre de 2022 cuyo plazo de presentación comience el 1 de julio de 2022.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden HFP/480/2022
Organismo
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Fecha de la norma
23 de mayo de 2022
Publicada en el BOE
31 de mayo de 2022
En vigor desde
1 de junio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-8830
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración electrónica · Agencia Estatal de la Administración Tributaria · Formularios administrativos · Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales · Internet · Recaudación

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (2)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.