Orden

Subvenciones para financiar formación de agentes del cambio en la transformación digital de las pymes

Título oficial: Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa "Generación Digital: Agentes del Cambio", y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 12 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-18583 53 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La orden convoca para 2022 ayudas destinadas a entidades de formación que impartan programas sobre transformación digital de las pymes. La formación será gratuita para el alumnado y se dirige a jóvenes, con prioridad para personas desempleadas y mujeres.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir requisitos de antigüedad, acreditación, experiencia y recursos. La convocatoria admite agrupaciones de entidades y concede las ayudas en régimen de concurrencia competitiva. Las solicitudes se presentan por vía electrónica ante la Fundación EOI; el plazo concreto debía fijarlo la convocatoria y no aparece en el texto aportado.

El alumnado debe pertenecer al perfil previsto en la convocatoria. Para obtener el título de aprovechamiento, tendrá que asistir al menos al 75 % de las horas y aprobar el Proyecto. Las acciones formativas deben completarse antes del 31 de diciembre de 2025. El texto está recortado y no incluye todos los detalles de las obligaciones específicas de las entidades.

A quién afecta

  • Entidades de formación que soliciten las subvenciones
  • Agrupaciones de personas jurídicas que impartan formación en cooperación
  • Jóvenes que quieran formarse como agentes del cambio digital
  • Jóvenes que trabajen en pymes de entre 10-249 empleados

Qué cambia

  • Convoca para la anualidad 2022 subvenciones para financiar programas de formación de agentes del cambio en transformación digital.
  • Establece que la formación para los participantes debe ser gratuita.
  • Prioriza a jóvenes desempleados y mujeres, y también permite acceder a jóvenes que trabajen en pymes de entre 10-249 empleados.
  • Fija requisitos para las entidades de formación, entre ellos tres años de constitución, dos años de experiencia en formación a jóvenes en transformación digital y recursos suficientes.
  • Establece que las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
  • Define un periodo subvencionable de dos años desde la notificación de la resolución de concesión, con posibilidad de ampliación por causa justificada y previamente aceptada.
  • Exige al menos un 75 % de asistencia y una calificación de apto en el Proyecto para otorgar el título de aprovechamiento.

Qué hay que hacer

  • Las entidades solicitantes deben presentar la solicitud y la documentación requerida por vía electrónica en la sede de la Fundación EOI, dentro del plazo que establezca la convocatoria.
  • Las entidades beneficiarias deben impartir gratuitamente la formación y verificar que el alumnado cumple los requisitos para recibir el título de aprovechamiento.
  • Las entidades beneficiarias deben completar las acciones formativas antes del 31 de diciembre de 2025.

Plazos

  • El plazo de solicitud lo establecerá la convocatoria y no podrá ser inferior a diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE.
  • El periodo subvencionable será de dos años desde la notificación de la resolución de concesión.
  • Las acciones formativas deberán completarse antes del 31 de diciembre de 2025.
  • El alumnado deberá asistir al menos al 75 % del total de las horas para obtener el título de aprovechamiento.

Preguntas y respuestas

¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

Las entidades de formación que cumplan los requisitos de la orden y de la convocatoria. También pueden ser beneficiarias agrupaciones de personas jurídicas que impartan formación en cooperación.

¿Quiénes pueden participar en la formación?

Jóvenes, prioritariamente personas desempleadas y mujeres. También pueden acceder jóvenes que trabajen en pymes de entre 10-249 empleados.

¿La formación tiene algún coste para el alumnado?

No. Los programas de formación deben ser gratuitos para los participantes.

¿Qué se exige para obtener el título de aprovechamiento?

Asistir al menos al 75 % del total de las horas y obtener la calificación de apto en el Proyecto.

¿Cuándo deben terminar los programas de formación?

Las acciones formativas deberán completarse antes del 31 de diciembre de 2025.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden ICT/1080/2022
Organismo
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Fecha de la norma
7 de noviembre de 2022
Publicada en el BOE
12 de noviembre de 2022
En vigor desde
13 de noviembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-18583
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Comercio electrónico · Comunicaciones electrónicas · Escuela de Organización Industrial · Fondo CE · Pequeña y Mediana Empresa · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (15)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.