Subvenciones para formar a equipos directivos de pymes en transformación digital
Título oficial: Orden ICT/1081/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el Programa "Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en Pymes", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a su convocatoria en el año 2022.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
La convocatoria de 2022 financia a entidades formadoras para impartir formación gratuita en transformación digital a personas de equipos directivos de pymes de entre 10 y 249 empleados. Cada pyme podrá tener hasta dos participantes.
Las entidades de formación seleccionadas mediante concurrencia competitiva recibirán una aportación de 2.600 euros por alumno que complete el programa, según el módulo económico. La convocatoria se dirige a personas que gestionan empresas de entre 10 y 249 empleados y se aplica en todo el territorio nacional.
El programa debe impartirse en un plazo de dos años desde la notificación de la resolución de concesión. La formación debe ser gratuita y completarse antes del 31 de diciembre de 2025. El texto facilitado termina durante el artículo 38 y no incluye los anexos ni el resto de la convocatoria.
A quién afecta
- Entidades de formación que soliciten las subvenciones para impartir el programa
- Personas de equipos directivos de pymes de entre 10 y 249 empleados que participen en la formación
Qué cambia
- Se convoca para 2022 la selección de entidades formadoras para el programa dirigido a equipos directivos de pymes de entre 10 y 249 empleados.
- Cada pyme podrá tener como máximo dos personas de su equipo directivo en el programa.
- La ayuda se calcula mediante un módulo de 2.600 euros por alumno que haya finalizado la formación.
- La formación debe ser gratuita para sus participantes.
- Para obtener el título de aprovechamiento, el participante debe asistir al menos al 75 % del total de las horas y elaborar la hoja de ruta de su empresa.
Qué hay que hacer
- Las entidades formadoras deben presentar la solicitud por vía telemática en la sede electrónica de la Fundación EOI, dentro del plazo que establezca la convocatoria y con la documentación que esta exija.
- Las entidades beneficiarias deben impartir la formación a los alumnos que correspondan en el plazo de dos años desde la notificación de la concesión y completar las acciones antes del 31 de diciembre de 2025.
- Las entidades beneficiarias deben garantizar que la formación sea gratuita y que solo se otorgue el título de aprovechamiento a quienes cumplan los requisitos de asistencia y elaboren la hoja de ruta de su empresa.
Plazos
- El plazo de presentación de solicitudes será el que establezca la convocatoria y no podrá ser inferior a diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
- Dos años desde la notificación de la resolución de concesión para impartir la formación.
- Las acciones formativas deberán completarse antes del 31 de diciembre de 2025.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede recibir la formación?
Personas que gestionan pymes de entre 10 y 249 empleados y son responsables de distintos departamentos. Cada pyme podrá tener como máximo dos participantes.
¿La formación tiene algún coste para el alumnado?
No. Los programas de formación deben ser gratuitos para sus participantes.
¿Qué debe cumplir una persona para obtener el título de aprovechamiento?
Debe asistir al menos al 75 % del total de las horas y elaborar la hoja de ruta de su empresa.
¿Cuánto dura el plazo para impartir la formación?
Dos años desde la notificación de la resolución de concesión. En todo caso, las acciones formativas deben completarse antes del 31 de diciembre de 2025.
¿Cuánto recibe la entidad formadora por cada alumno?
La ayuda corresponde a una aportación de 2.600 euros por alumno que haya finalizado el programa, de acuerdo con la definición aplicable en la convocatoria.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden ICT/1081/2022
- Organismo
- Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- Fecha de la norma
- 7 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 12 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 13 de noviembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-18584- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Escuela de Organización Industrial · Formación profesional · Pequeña y Mediana Empresa · Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial · Subvenciones · Tecnología
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (14)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Orden ICT/1291/2018, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril (en el BOE)
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre (en el BOE)
- Ley 16/1985, de 25 de junio (en el BOE)
- Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre (en el BOE)