Se añaden requisitos de residencia y de relación laboral previa para acceder a las ayudas del Proyecto ICEX Vives
Título oficial: Orden ICT/1193/2022, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEDerogada desde el 18 de febrero de 2026. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Para solicitar estas ayudas, hay que tener nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y residir en España. Además, la persona no puede haber tenido antes una relación laboral con la empresa o entidad que ofrece las prácticas.
La norma modifica los requisitos para obtener las subvenciones del Proyecto ICEX Vives. Se mantiene la edad de 18-30 años en el momento de la solicitud de la ayuda, junto con los demás requisitos establecidos, como contar con una titulación universitaria o de formación profesional.
La oferta de prácticas formativas no laborales debe proceder de una empresa o entidad participante con la que la persona no haya tenido una relación laboral previa. Estas modificaciones se aplican a las convocatorias de ayudas aprobadas a partir de la entrada en vigor de la orden.
A quién afecta
- Personas de 18-30 años, nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y residentes en España, que soliciten ayudas del Proyecto ICEX Vives
Qué cambia
- Se exige tener nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y ser residente en España.
- Se exige haber aceptado una oferta de prácticas formativas no laborales de una empresa o entidad participante con la que no se haya tenido una relación laboral previa.
- Los nuevos requisitos se aplican a las convocatorias de ayudas aprobadas a partir de la entrada en vigor de la orden.
Qué hay que hacer
- Quien solicite la ayuda debe cumplir los requisitos establecidos, incluida la residencia en España y no haber tenido una relación laboral previa con la empresa o entidad que ofrece las prácticas.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede obtener la condición de beneficiario?
Las personas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y residencia en España que cumplan los demás requisitos.
¿Qué edad hay que tener?
Entre 18 y 30 años en el momento de la solicitud de la ayuda.
¿Puedo hacer las prácticas en una empresa donde ya he trabajado?
No. La oferta debe proceder de una empresa o entidad participante con la que no haya tenido una relación laboral previa.
¿A qué convocatorias se aplican estos cambios?
A las convocatorias de ayudas que se aprueben a partir de la entrada en vigor de la orden.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden ICT/1193/2022
- Organismo
- Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- Fecha de la norma
- 30 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 3 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 4 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-20326- Última actualización en el BOE
- 18 de febrero de 2026
Temas
Materias: Ayudas · Becas · Comercio exterior · Empresas · Fondo CE · Instituto de Comercio Exterior · Procedimiento administrativo · Programas · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 5.1 de la Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto
- de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)