Orden

La orden regula ayudas para que pymes industriales prueben reducciones de jornada y medidas de mejora de productividad

Título oficial: Orden ICT/1238/2022, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 16 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-21382 33 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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La norma establece las condiciones para que pequeñas y medianas empresas industriales soliciten subvenciones para proyectos piloto que reduzcan la jornada laboral sin bajar los salarios. Los proyectos deben incluir medidas de organización o formación para mejorar la productividad.

Pueden solicitar estas ayudas sociedades que sean pymes, estén constituidas e inscritas en España, no formen parte del sector público y desarrollen durante al menos tres años una actividad industrial incluida en el anexo I. También deben tener domicilio fiscal y principal centro operativo en España durante el proyecto, y no encontrarse en las situaciones excluidas por la orden.

El proyecto debe reducir al menos un 10 por ciento la jornada semanal de personas con contrato indefinido a tiempo completo, durante un mínimo de dos años, sin reducir su salario. Debe incluir medidas organizativas o formativas, indicadores para medir la productividad y un acuerdo previo con la representación legal de los trabajadores o, si no existe, con las organizaciones sindicales correspondientes o una comisión negociadora.

La ayuda puede cubrir como máximo el 90 por ciento del presupuesto financiable y no superar 200.000 euros. Se concede en concurrencia competitiva. Los gastos subvencionables deben realizarse, por regla general, dentro de los doce meses desde el día siguiente a la resolución de concesión; después, la empresa debe justificar el proyecto.

A quién afecta

  • Sociedades pequeñas y medianas que desarrollen actividades industriales incluidas en el anexo I
  • Personas trabajadoras participantes en los proyectos piloto de reducción de jornada

Qué cambia

  • Establece las bases para conceder subvenciones a proyectos piloto de mejora de productividad en pymes industriales.
  • Exige una reducción mínima del 10 por ciento de la jornada semanal, durante al menos dos años y sin merma salarial, para personas con contrato indefinido a tiempo completo.
  • Fija un mínimo de participación en el proyecto del 30 % de la plantilla en empresas o centros de trabajo de hasta 20 personas trabajadoras y del 25 % en los de entre 21 y 249.
  • Exige medidas organizativas o formativas y mecanismos para medir periódicamente la evolución de la productividad.
  • Permite financiar, con límites, costes salariales del primer año, formación, asesoramiento y personal dedicado al diseño o rediseño de procesos, y el informe de auditoría.
  • Limita la ayuda al 90 por ciento del presupuesto financiable y a un máximo de 200.000 euros por empresa, sujeto también al límite de ayudas de minimis.
  • Establece que la solicitud y las comunicaciones del procedimiento se tramiten electrónicamente ante la Fundación EOI, F.S.P.
  • Prevé un único pago después de justificar las actuaciones y comprobar el cumplimiento de las condiciones.

Qué hay que hacer

  • Presentar la solicitud y la documentación requerida por vía telemática ante la Fundación EOI, F.S.P., dentro del plazo que establezca la convocatoria.
  • Aportar con la solicitud la memoria del proyecto, el presupuesto, la documentación de la empresa y el acuerdo previo con la representación de los trabajadores o la alternativa prevista por la orden.
  • Si se requiere subsanar la solicitud, presentar lo pedido en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del requerimiento en la sede electrónica.
  • Si se propone conceder la ayuda, comunicar su aceptación o no aceptación en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la propuesta definitiva.
  • Justificar el proyecto y los gastos ante el órgano instructor dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la actuación.

Plazos

  • La reducción de jornada del proyecto debe durar como mínimo dos años desde la concesión de la ayuda.
  • El plazo de presentación de solicitudes lo fija cada convocatoria y no puede superar dos meses desde la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
  • Los gastos subvencionables deben realizarse en los doce meses siguientes al día de la resolución de concesión, salvo el informe de auditoría, que puede realizarse dentro del plazo de justificación.
  • La documentación justificativa debe presentarse dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la actuación.
  • El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de seis meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la convocatoria.

Preguntas y respuestas

¿Qué empresas pueden solicitar la ayuda?

Sociedades que sean pymes, estén constituidas e inscritas en España, no formen parte del sector público y desarrollen una actividad industrial incluida en el anexo I durante al menos tres años. Deben tener su domicilio fiscal y principal centro operativo de trabajo en España y mantenerlos durante el proyecto.

¿Cuánto debe reducirse la jornada y a quién afecta?

La reducción debe ser de al menos el 10 por ciento de la jornada en cómputo semanal. Se aplica a personas trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo y no puede reducir las retribuciones salariales que les correspondiesen por el 100 % de la jornada.

¿Cuántas personas deben participar?

Al menos el 30 % de la plantilla en empresas o centros de trabajo de hasta 20 personas trabajadoras, y al menos el 25 % en los que tengan entre 21 y 249.

¿Cuánto puede cubrir la subvención?

Como máximo, el 90 por ciento del presupuesto financiable y hasta 200.000 euros. También se aplica el límite de 200.000 euros durante los tres últimos ejercicios fiscales para las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa.

¿Cómo se presenta la solicitud?

Por vía telemática, dirigida a la Fundación EOI, F.S.P., con certificado digital válido y compatible con su sede electrónica. El plazo concreto lo establece cada convocatoria.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden ICT/1238/2022
Organismo
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Fecha de la norma
9 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
16 de diciembre de 2022
En vigor desde
17 de diciembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-21382
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Escuela de Organización Industrial · Jornada laboral · Pequeña y Mediana Empresa · Programas · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (11)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.