Ayudas en especie para que las pymes reciban servicios de digitalización avanzada de centros europeos de innovación digital.
Título oficial: Orden ICT/1296/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la primera convocatoria.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
Las pymes que cumplan los requisitos pueden solicitar servicios especializados para impulsar su digitalización. Las ayudas se conceden por orden de solicitud hasta agotar el presupuesto y cubren el coste del servicio, pero no los impuestos indirectos.
La ayuda consiste en servicios prestados por entidades de centros europeos de innovación digital (EDIH): asesoramiento tecnológico, ensayos y pruebas de concepto, formación, apoyo para buscar financiación y acceso a redes de innovación. La pyme elige un EDIH de la Plataforma PADIH y solicita una propuesta de servicios antes de presentar la solicitud.
La concesión no compara unas solicitudes con otras: se tramitan por orden de entrada, tras comprobar los requisitos, hasta que se agote el crédito. La solicitud y los trámites se hacen por vía electrónica. Una vez concedida y prestado el servicio, la pyme debe abonar los impuestos indirectos que correspondan.
A quién afecta
- Pymes válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España
Qué cambia
- Se establece una ayuda en especie para que las pymes reciban servicios de digitalización prestados por entidades pertenecientes a EDIH.
- Los servicios incluyen asesoramiento tecnológico, ensayo y experimentación, formación, búsqueda de financiación y acceso a redes y ecosistemas de innovación.
- La cuantía máxima por tipo de servicio es 10.000 euros para asesoramiento inicial, 20.000 euros para ensayo y experimentación y 5.000 euros para cada uno de los otros tres tipos de servicio.
- La subvención máxima por beneficiario debe ser inferior a 30.000 euros.
- Las ayudas se conceden por orden de presentación de solicitudes admitidas, hasta agotar el crédito disponible.
- La pyme debe pagar los impuestos indirectos de los servicios recibidos.
Qué hay que hacer
- Elegir un EDIH disponible en la Plataforma PADIH y solicitarle una Propuesta de Servicios antes de presentar la solicitud.
- Presentar la solicitud y los documentos requeridos por vía telemática, mediante certificado digital y dentro del plazo que establezca la convocatoria.
- Declarar las ayudas solicitadas o recibidas para la misma finalidad, al presentar la solicitud y durante la tramitación.
- Abonar los impuestos indirectos correspondientes una vez prestados los servicios.
Plazos
- El plazo de solicitud lo fijará cada convocatoria y no podrá ser inferior a quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
- Las pymes beneficiarias deberán haber completado el programa el 31 de diciembre de 2025.
- Si se requiere subsanar la solicitud, el plazo máximo es de 15 días hábiles desde el día siguiente al de la notificación.
- Tras la propuesta de resolución definitiva, hay un plazo máximo de diez días naturales desde la notificación para aceptarla.
- La justificación debe presentarse dentro del plazo fijado por cada convocatoria, que no podrá ser superior a tres meses desde la finalización de las actuaciones.
- Si no se presenta la justificación en plazo, se concederán quince días naturales improrrogables tras el requerimiento para presentarla.
Preguntas y respuestas
¿Qué servicios puede recibir una pyme?
Asesoramiento para implantar tecnologías, ensayos y pruebas de concepto, formación, apoyo para buscar financiación y acceso a redes y ecosistemas de innovación.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser beneficiarias las pymes válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, si cumplen los demás requisitos de la orden y de la convocatoria.
¿Cómo se conceden las ayudas?
Por orden de presentación de las solicitudes admitidas, una vez comprobados los requisitos, hasta que se agote el crédito de la convocatoria.
¿Cuál es la cuantía máxima?
Los límites por servicio son 10.000 euros, 20.000 euros o 5.000 euros, según el tipo. La cuantía máxima total por beneficiario debe ser inferior a 30.000 euros.
¿Tengo que pagar algo por los servicios?
La pyme debe abonar los impuestos indirectos que correspondan. La ayuda cubre el importe de los servicios, con los límites y condiciones establecidos.
¿Dónde y cómo se presenta la solicitud?
La solicitud se presenta únicamente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Fundación EOI, con certificado digital. Debe incluir una Propuesta de Servicios firmada electrónicamente por una entidad colaboradora.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden ICT/1296/2022
- Organismo
- Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- Fecha de la norma
- 22 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 28 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 29 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-23021- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Desarrollo tecnológico · Escuela de Organización Industrial · Pequeña y Mediana Empresa · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Orden ICT/1291/2018, de 27 de noviembre (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 9, 17 y la disposición adicional 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
- se dicta en relación y se regulan las subvenciones del PADIH: Real Decreto 174/2023, de 14 de marzo
Otras normas que menciona (11)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto (en el BOE)
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)
- Ley 16/1985, de 25 de junio (en el BOE)
- Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre (en el BOE)