Aprobación de nuevos modelos normalizados para solicitar ayudas por la DANA
Título oficial: Orden INT/1390/2024, de 5 de diciembre, por la que se aprueban los nuevos modelos normalizados para la solicitud de ayudas a la población afectada gravemente por una emergencia de protección civil, reconocidas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se aprueban nuevos formularios para pedir las ayudas excepcionales reconocidas en el Real Decreto-ley 6/2024 por los daños de la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. También se incluyen modelos para el consentimiento de representación por TRAGSA/CORREOS y por funcionarios habilitados, y una declaración responsable para solicitar anticipos.
Se aprueban como anexos a esta orden nuevos modelos normalizados: una solicitud única para las ayudas reguladas en el Real Decreto-ley 6/2024, un modelo de consentimiento para la representación por el Grupo TRAGSA y CORREOS, un modelo de consentimiento para la representación por funcionario/a habilitado/a y una declaración responsable ligada al artículo 3.bis del Real Decreto-ley 6/2024.
Las solicitudes presentadas con anterioridad a esta orden mantendrán su validez. Los modelos incluyen instrucciones sobre cumplimentación, entrega de copia al interesado/a y su incorporación al expediente administrativo. La declaración responsable prevé el pago inmediato de un anticipo y las condiciones de reintegro si la declaración fuera inexacta o la ayuda se denegara.
A quién afecta
- Personas solicitantes de las ayudas reguladas en el Real Decreto-ley 6/2024 por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024
- Personas que autoricen a TRAGSA o CORREOS para que presenten y firmen su solicitud
- Personas que autoricen a funcionarios/as habilitados/as para que presenten y firmen su solicitud
Qué cambia
- Aprobación de modelos normalizados para la solicitud única de ayudas.
- Aprobación de modelo de consentimiento para representación por TRAGSA y CORREOS.
- Aprobación de modelo de consentimiento para representación por funcionario/a habilitado/a.
- Aprobación de una declaración responsable que permite el pago inmediato de un anticipo.
- Instrucciones para entrega de copias firmadas y su incorporación al expediente administrativo.
Qué hay que hacer
- Rellenar y firmar el modelo de solicitud única según el anexo correspondiente cuando solicite la ayuda.
- Si se autoriza representación por TRAGSA o CORREOS, cumplimentar y firmar el anexo II y recibir una copia firmada.
- Si se autoriza representación por funcionario/a habilitado/a, cumplimentar y firmar el anexo III y recibir una copia firmada.
- Si se solicita anticipo, suscribir la declaración responsable del ANEXO IV indicando si pide el anticipo del cincuenta por cien de la ayuda máxima o del cincuenta por cien de otra cuantía solicitada.
Plazos
- La DANA afectó municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- La orden entró en vigor el 10/12/2024.
- El Real Decreto-ley 8/2024 entró en vigor el 30 de noviembre (fecha mencionada en el texto).
Preguntas y respuestas
¿Qué modelos se aprueban?
Se aprueban el modelo de solicitud única (ANEXO I), el modelo de consentimiento para TRAGSA/CORREOS (ANEXO II), el modelo de consentimiento para funcionario/a habilitado/a (ANEXO III) y la declaración responsable (ANEXO IV).
¿Qué ocurre con las solicitudes presentadas antes de esta orden?
Mantendrán su validez.
¿Qué anticipo se paga con la declaración responsable?
Un anticipo a cuenta por importe del cincuenta por cien de la ayuda máxima, salvo que se solicite un importe inferior; en ese caso el anticipo será del cincuenta por cien de la cantidad solicitada.
¿Qué pasa si la declaración responsable es inexacta o la ayuda se deniega?
Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas conforme a la Ley 38/2003, sin que en los dos últimos casos resulte exigible el interés de demora previsto en el artículo 37 de dicha norma.
¿Quién figura como responsable y encargados del tratamiento de datos en los consentimientos?
Responsable: Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Encargados: TRAGSA/CORREOS en el anexo II; el responsable del municipio afectado que requiere la habilitación en el anexo III.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden INT/1390/2024
- Organismo
- Ministerio del Interior
- Fecha de la norma
- 5 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 10 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 10 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25761- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Catástrofes · Formularios administrativos · Indemnizaciones · Inundaciones · Procedimiento administrativo · Protección Civil
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.