Orden

Se prorroga hasta el 15 de mayo de 2022 la orden sobre restricciones de viajes no imprescindibles desde terceros países

Título oficial: Orden INT/372/2022, de 29 de abril, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 30 de abril de 2022 BOE-A-2022-6977 2 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La orden mantiene durante 15 días los criterios aplicables a los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen. Puede modificarse antes si cambian las circunstancias o hay nuevas recomendaciones de la Unión Europea.

La Orden INT/657/2020 mantiene sus efectos hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022. Regula la aplicación de restricciones temporales a los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen.

La prórroga dura 15 días y puede modificarse antes de ese plazo si cambian las circunstancias o se emiten nuevas recomendaciones de la Unión Europea. El texto señala que se prorroga mientras se terminan de definir las condiciones para la reapertura ordenada y progresiva de los puestos terrestres habilitados para entrar y salir de España a través de Ceuta y Melilla.

A quién afecta

  • Personas que viajan desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen

Qué cambia

  • La vigencia de la Orden INT/657/2020 se extiende hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022.
  • La orden puede modificarse antes de esa fecha si cambian las circunstancias o hay nuevas recomendaciones de la Unión Europea.

Plazos

  • Hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022

Preguntas y respuestas

¿Hasta cuándo se mantienen los criterios sobre viajes no imprescindibles?

Hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022.

¿Puede cambiar la orden antes de esa fecha?

Sí. Puede modificarse antes si cambian las circunstancias o hay nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea.

¿Qué duración tiene esta prórroga?

El texto indica que la prórroga es de 15 días.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden INT/372/2022
Organismo
Ministerio del Interior
Fecha de la norma
29 de abril de 2022
Publicada en el BOE
30 de abril de 2022
En vigor desde
30 de abril de 2022
Identificador
BOE-A-2022-6977
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Certificados · Epidemias · Extranjeros · Fronteras · Libre circulación de personas · Sanidad · Unión Europea · Vacunas · Viajeros

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