Se prorroga hasta el 15 de mayo de 2022 la orden sobre restricciones de viajes no imprescindibles desde terceros países
Título oficial: Orden INT/372/2022, de 29 de abril, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOESu vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La orden mantiene durante 15 días los criterios aplicables a los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen. Puede modificarse antes si cambian las circunstancias o hay nuevas recomendaciones de la Unión Europea.
La Orden INT/657/2020 mantiene sus efectos hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022. Regula la aplicación de restricciones temporales a los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen.
La prórroga dura 15 días y puede modificarse antes de ese plazo si cambian las circunstancias o se emiten nuevas recomendaciones de la Unión Europea. El texto señala que se prorroga mientras se terminan de definir las condiciones para la reapertura ordenada y progresiva de los puestos terrestres habilitados para entrar y salir de España a través de Ceuta y Melilla.
A quién afecta
- Personas que viajan desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen
Qué cambia
- La vigencia de la Orden INT/657/2020 se extiende hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022.
- La orden puede modificarse antes de esa fecha si cambian las circunstancias o hay nuevas recomendaciones de la Unión Europea.
Plazos
- Hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022
Preguntas y respuestas
¿Hasta cuándo se mantienen los criterios sobre viajes no imprescindibles?
Hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022.
¿Puede cambiar la orden antes de esa fecha?
Sí. Puede modificarse antes si cambian las circunstancias o hay nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea.
¿Qué duración tiene esta prórroga?
El texto indica que la prórroga es de 15 días.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden INT/372/2022
- Organismo
- Ministerio del Interior
- Fecha de la norma
- 29 de abril de 2022
- Publicada en el BOE
- 30 de abril de 2022
- En vigor desde
- 30 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-6977- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Certificados · Epidemias · Extranjeros · Fronteras · Libre circulación de personas · Sanidad · Unión Europea · Vacunas · Viajeros
Normas que cita o modifica
- modifica la disposición final única de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio
- cita Recomendación (UE) 2020/912 de 30 de junio