Orden INT/551/2020: prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Título oficial: Orden INT/551/2020, de 21 de junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOESu vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.
Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden INT/551/2020
- Organismo
- Ministerio del Interior
- Fecha de la norma
- 21 de junio de 2020
- Publicada en el BOE
- 22 de junio de 2020
- En vigor desde
- 21 de junio de 2020
- Identificador
BOE-A-2020-6509- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ceuta · Enfermedades · Epidemias · Fronteras · Libre circulación de personas · Libre circulación de trabajadores · Melilla · Sanidad · Unión Europea · Viajeros
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/399, de 9 de marzo de 2016
- de conformidad con el art. 15 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero (en el BOE)
- en relación con prórroga de las restricciones temporales, con la Orden INT/270/2020, de 21 de marzo (en el BOE)
- cita Orden SND/439/2020, de 23 de mayo (en el BOE)
- cita Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (en el BOE)
Otras normas que menciona (7)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.