Orden

Orden INT/657/2020: modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19

Título oficial: Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 18 de julio de 2020 BOE-A-2020-8099 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Su vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden INT/657/2020
Organismo
Ministerio del Interior
Fecha de la norma
17 de julio de 2020
Publicada en el BOE
18 de julio de 2020
En vigor desde
22 de julio de 2020
Identificador
BOE-A-2020-8099
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ceuta · Epidemias · Extranjeros · Fronteras · Libre circulación de personas · Libre circulación de trabajadores · Melilla · Sanidad · Unión Europea · Viajeros

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (2)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.