Se crea un comité técnico para asesorar sobre las políticas de inclusión social
Título oficial: Orden ISM/473/2022, de 25 de mayo, por la que se crea el Comité Asesor de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El comité asesorará a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social sobre políticas de inclusión, el ingreso mínimo vital y la medición de la pobreza. Podrá emitir informes y recomendaciones, pero no tomará decisiones vinculantes.
El Comité Asesor será un órgano de consulta y deliberación, dependiente de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social. Tratará asuntos relacionados con el ingreso mínimo vital, los itinerarios de inclusión social y los indicadores de pobreza e inclusión. También podrá abordar otros ámbitos que establezcan el Ministerio y la Secretaría General conforme a la normativa indicada.
Lo integrarán la persona titular de la Secretaría General, miembros de la Administración General del Estado y personas de la comunidad científica o investigadora. Sus miembros externos serán nombrados por cuatro años, con posibilidad de renovación. El Comité actuará en Pleno o mediante grupos de trabajo; sus decisiones y recomendaciones no serán vinculantes.
Qué cambia
- Se crea el Comité Asesor de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
- Se le atribuyen funciones de consulta, asesoramiento técnico y emisión de informes y observaciones.
- Su ámbito comprende el ingreso mínimo vital, los itinerarios de inclusión social y los estudios sobre pobreza e indicadores.
- Se establece que sus recomendaciones y decisiones no son vinculantes ni tienen efectos directos frente a terceros.
- Se modifica una disposición sobre la coordinación de las funciones del Comité Ético vinculado a los itinerarios de inclusión social.
Plazos
- El Comité se constituirá una vez haya entrado en vigor la presente orden ministerial.
- La duración del nombramiento de sus miembros será de cuatro años renovables por períodos sucesivos.
- Las sesiones deberán convocarse al menos con quince días de antelación.
- La información y documentación de las sesiones deberá remitirse al menos con cinco días de antelación.
Preguntas y respuestas
¿Qué asuntos tratará el Comité?
Asesorará sobre políticas de inclusión, el ingreso mínimo vital, los itinerarios de inclusión social y la medición de la pobreza, entre otras materias que se le asignen.
¿Puede tomar decisiones obligatorias?
No. Es un órgano de consulta y asesoramiento técnico, y sus decisiones y recomendaciones no son vinculantes.
¿Quiénes formarán parte del Comité?
La persona titular de la Secretaría General, miembros de la Administración General del Estado y personas de la comunidad científica o investigadora.
¿Cuánto dura el nombramiento de sus miembros?
Cuatro años, renovables por períodos sucesivos.
¿Cuándo se convocan las sesiones y se envía la documentación?
La convocatoria debe hacerse al menos con quince días de antelación y la información y documentación, al menos con cinco días de antelación.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden ISM/473/2022
- Organismo
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Fecha de la norma
- 25 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 27 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 28 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-8639- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Comités consultivos · Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones · Organización de la Administración del Estado · Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 3.3 de la Orden ISM/208/2022, de 10 de marzo
- de conformidad con la Ley 19/2021, de 20 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.