Fija las bases de cotización por contingencias comunes para la minería del carbón durante 2022
Título oficial: Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOESu vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
La orden establece las bases normalizadas de cotización de los trabajadores de la minería del carbón para 2022, por categoría profesional y zona minera. También prevé un plazo especial para ingresar las diferencias de cotización acumuladas durante parte del año.
Las nuevas bases se aplican durante el ejercicio 2022 y están diferenciadas por categorías y especialidades profesionales y por zonas mineras. Para fijarlas se tuvieron en cuenta las bases por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, ambos inclusive. Las cuantías se recogen en el anexo, aunque el texto facilitado no incluye sus importes.
La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones establecerá el plazo especial para ingresar las diferencias entre las nuevas bases y aquellas por las que se había cotizado durante los meses transcurridos de 2022, hasta el mes anterior al de publicación de la orden.
A quién afecta
- Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón
- Sujetos responsables de ingresar las cotizaciones de esos trabajadores
Qué cambia
- Se fijan para 2022 las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes, diferenciadas por categoría y especialidad profesional y por zona minera.
- Se prevé un plazo especial para ingresar las diferencias de cotización correspondientes a los meses transcurridos de 2022 hasta el mes anterior al de publicación.
Qué hay que hacer
- Los sujetos responsables deben ingresar las diferencias de cotización que resulten de aplicar las nuevas bases, dentro del plazo especial que establecerá la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
Plazos
- Las bases se aplican durante el ejercicio 2022.
- Las diferencias corresponden a los meses transcurridos del ejercicio 2022 hasta el mes anterior al de publicación de la orden; el plazo especial de ingreso lo establecerá la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
Preguntas y respuestas
¿A quiénes se aplican estas bases?
A los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
¿Para qué periodo se fijan las bases?
Para el ejercicio 2022.
¿Dónde se indican las cuantías?
En el anexo, para cada categoría y especialidad profesional y para cada zona minera. El texto facilitado enumera las zonas, pero no muestra las cuantías.
¿Hay que ingresar diferencias por cotizaciones anteriores?
Sí. Se ingresarán las diferencias que resulten de aplicar las nuevas bases a los meses transcurridos de 2022 hasta el mes anterior al de publicación. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones establecerá el plazo especial.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden ISM/992/2022
- Organismo
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Fecha de la norma
- 11 de octubre de 2022
- Publicada en el BOE
- 21 de octubre de 2022
- En vigor desde
- 21 de octubre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-17171- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Carbón · Cotización a la Seguridad Social · Minas · Regímenes especiales de la Seguridad Social · Seguridad Social
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 106.9 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- cita Reglamento aprobado por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)