El Ministerio de Justicia crea dos divisiones para coordinar sus servicios digitales y la Oficialía Mayor
Título oficial: Orden JUS/559/2022, de 15 de junio, por la que se crean la División de Servicios Digitales Departamentales y la División de Oficialía Mayor del Ministerio de Justicia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se crean dos unidades dentro del Ministerio de Justicia. Una coordinará proyectos y servicios digitales; la otra gestionará suministros, servicios generales, seguridad y mantenimiento de edificios y bienes.
La División de Servicios Digitales Departamentales dependerá directamente de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia. Se encargará de planificar y ejecutar proyectos digitales, desarrollar y mantener aplicaciones y servicios, y coordinar el soporte y la capacitación digital del personal.
La División de Oficialía Mayor dependerá directamente de la Subsecretaría de Justicia. Gestionará suministros, bienes, servicios generales, seguridad, mantenimiento de recursos y edificios, inventario de bienes muebles y planes de autoprotección. Ambas divisiones tendrán al frente un director o directora, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo.
Qué cambia
- Se crea la División de Servicios Digitales Departamentales, dependiente directamente de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
- La nueva división planificará, gestionará y ejecutará proyectos de transformación digital y coordinará esa labor con los organismos correspondientes.
- La División de Servicios Digitales Departamentales diseñará, desarrollará y mantendrá aplicaciones y servicios digitales del Ministerio de Justicia y podrá ponerlos a disposición de otros organismos públicos.
- La nueva división se ocupará del Catálogo de Servicios Digitales, del soporte a usuarios y sedes y de coordinar la capacitación digital del personal correspondiente.
- Se crea la División de Oficialía Mayor, dependiente directamente de la Subsecretaría de Justicia.
- La División de Oficialía Mayor gestionará suministros, servicios, bienes materiales, servicios generales, seguridad y mantenimiento.
- La División de Oficialía Mayor mantendrá los edificios sede de los servicios centrales, actualizará el inventario de bienes muebles y gestionará los planes de autoprotección de los inmuebles donde preste el servicio de mantenimiento.
Preguntas y respuestas
¿De quién depende la División de Servicios Digitales Departamentales?
Depende directamente de la persona titular de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
¿Qué tareas tendrá la División de Servicios Digitales Departamentales?
Planificará y ejecutará proyectos digitales, desarrollará y mantendrá aplicaciones y servicios, y se ocupará de la calidad del catálogo y del soporte digital.
¿De quién depende la División de Oficialía Mayor?
Depende directamente de la persona titular de la Subsecretaría de Justicia.
¿Qué tareas tendrá la División de Oficialía Mayor?
Gestionará suministros, bienes materiales, servicios generales, seguridad, mantenimiento, el inventario de bienes muebles y los planes de autoprotección indicados en la orden.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden JUS/559/2022
- Organismo
- Ministerio de Justicia
- Fecha de la norma
- 15 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 21 de junio de 2022
- En vigor desde
- 22 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10232- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia · Ministerio de Justicia · Organización de la Administración del Estado · Subsecretaría del Ministerio de Justicia
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo (en el BOE)
- de conformidad con el Reglamento aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio (en el BOE)
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 241/2022, de 5 de abril
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)