Distribuye las subvenciones de 2022 para los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz
Título oficial: Orden JUS/888/2022, de 12 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de agosto de 2022, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
Las subvenciones a los Ayuntamientos se calculan según la población de derecho del municipio. El acuerdo se aplica en cinco comunidades autónomas y excluye a los municipios de otras comunidades cuyos medios para la Administración de Justicia fueron traspasados.
Los Ayuntamientos de las comunidades autónomas incluidas reciben subvenciones para los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz, distribuidas según la población de derecho del municipio. El texto no incluye los tramos ni las cantidades correspondientes.
En los municipios que forman parte de una Agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz, el Ayuntamiento recibe el 50 por ciento de la cantidad que le correspondería por población. El otro 50 por ciento se añade a la cantidad que corresponde al Ayuntamiento donde tiene sede la Agrupación.
El acuerdo se aplica en las Illes Balears, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y la Región de Murcia. No se aplica a los Ayuntamientos de Cataluña, el País Vasco, Galicia, la Comunitat Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, la Comunidad de Madrid, el Principado de Asturias, Cantabria, Aragón y La Rioja.
A quién afecta
- Ayuntamientos de las Illes Balears, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y la Región de Murcia
Qué cambia
- La distribución de las subvenciones para gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz se fija según la población de derecho.
- En los municipios integrados en una Agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz, el Ayuntamiento recibe el 50 por ciento de la cantidad correspondiente por población y el otro 50 por ciento se añade a la cantidad del Ayuntamiento sede.
- El acuerdo no se aplica a los Ayuntamientos de Cataluña, el País Vasco, Galicia, la Comunitat Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, la Comunidad de Madrid, el Principado de Asturias, Cantabria, Aragón y La Rioja.
Preguntas y respuestas
¿Cómo se calcula la subvención?
Según la población de derecho del municipio. El texto no detalla los tramos ni las cantidades.
¿Qué parte recibe un municipio integrado en una Agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz?
Su Ayuntamiento percibe el 50 por ciento de la cantidad que le corresponde por población. El otro 50 por ciento se añade a la cantidad del Ayuntamiento sede.
¿En qué comunidades autónomas se aplica el acuerdo?
En las Illes Balears, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y la Región de Murcia.
¿A qué comunidades autónomas no se aplica?
No se aplica a los Ayuntamientos de Cataluña, el País Vasco, Galicia, la Comunitat Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, la Comunidad de Madrid, el Principado de Asturias, Cantabria, Aragón y La Rioja.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden JUS/888/2022
- Organismo
- Ministerio de Justicia
- Fecha de la norma
- 12 de septiembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 16 de septiembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-15118- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayuntamientos · Créditos Presupuestarios · Juzgados de Paz · Presupuestos Generales del Estado · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con la disposición adicional 10 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre (en el BOE)
- cita Ley 38/1988, de 28 de diciembre (en el BOE)