Aprueba una herramienta voluntaria para valorar puestos de trabajo con perspectiva de género
Título oficial: Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y se publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Las empresas pueden usar una herramienta para valorar cuánto aporta cada puesto de trabajo a la organización. Si realizan la valoración con esa herramienta, se considera que cumple los requisitos formales previstos en la normativa citada.
La herramienta permite evaluar los puestos de trabajo teniendo en cuenta sus tareas y funciones. La valoración busca que se aprecie también el trabajo ligado a puestos muy feminizados que tradicionalmente no se valora debidamente.
Su uso es voluntario. La herramienta se publicará en las páginas web del Ministerio de Trabajo y de Economía Social y del Instituto de las Mujeres. Ambos ministerios, junto con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, harán seguimiento de su implementación y de la herramienta de igualdad retributiva. También publicarán una guía de uso.
A quién afecta
- Empresas que quieran utilizar la herramienta de valoración de puestos de trabajo
Qué cambia
- Se aprueba y publica un procedimiento voluntario para valorar los puestos de trabajo con perspectiva de género.
- La valoración realizada con la herramienta se considera conforme con los requisitos formales establecidos en el Real Decreto 902/2020.
- Se prevé el seguimiento de la herramienta de valoración y de la herramienta de igualdad retributiva por los ministerios y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
- El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres publicarán una guía de uso.
- Las medidas se realizarán con medios propios de cada Ministerio y no supondrán incremento del gasto público.
Preguntas y respuestas
¿Es obligatorio que las empresas utilicen la herramienta?
No. La implementación del procedimiento mediante la herramienta tiene carácter voluntario.
¿Qué se valora con la herramienta?
La contribución de cada puesto de trabajo al conjunto de la organización.
¿Qué se considera si una empresa utiliza esta herramienta para valorar sus puestos?
Que la valoración reúne los requisitos formales establecidos en el Real Decreto 902/2020.
¿Dónde se publicará la herramienta?
En las páginas web del Ministerio de Trabajo y de Economía Social y del Instituto de las Mujeres.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden PCM/1047/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 1 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 3 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 4 de noviembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-18040- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Empresas · Igualdad de género · Retribuciones · Trabajadores
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre (en el BOE)
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)