Se fijan límites específicos de anilina en determinados juguetes
Título oficial: Orden PCM/1048/2022, de 1 de noviembre, por la que se modifica el Anexo II del Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La orden incorpora límites para la anilina en materiales de cuero y textiles de juguetes, y en pinturas de dedos. Los límites son de 30 mg/kg tras una fragmentación reductora y, para la anilina libre en pinturas de dedos, también de 10 mg/kg.
Se modifica el apéndice C del anexo II del Real Decreto 1205/2011 para incluir valores límite específicos de anilina en juguetes y sus componentes de cuero y textiles, y en pinturas de dedos.
El límite es de 30 mg/kg después de realizar una fragmentación reductora. En las pinturas de dedos, se fija además un límite de 10 mg/kg para la anilina libre.
A quién afecta
- Fabricantes y comercializadores de juguetes y sus componentes de cuero y textiles
- Fabricantes y comercializadores de pinturas de dedos
Qué cambia
- Se incorporan límites específicos de anilina para el material textil y el material de cuero de los juguetes: 30 mg/kg después de una fragmentación reductora.
- Se establecen para las pinturas de dedos límites de 10 mg/kg de anilina libre y de 30 mg/kg después de una fragmentación reductora.
Preguntas y respuestas
¿Qué límite de anilina se aplica al cuero y a los textiles de los juguetes?
El límite es de 30 mg/kg después de realizar una fragmentación reductora.
¿Qué límites se aplican a las pinturas de dedos?
Se fija un límite de 10 mg/kg para la anilina libre y de 30 mg/kg después de realizar una fragmentación reductora.
¿Desde cuándo entra en vigor la orden?
El 4 de diciembre de 2022.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden PCM/1048/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 1 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 3 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 4 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-18041- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Comercialización · Consumidores y usuarios · Juguetes · Normas de calidad · Pintura · Productos químicos · Productos textiles · Sustancias peligrosas
Normas que cita o modifica
- modifica , con efectos dede el 4 de diciembre de 2022, el anexo II del Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto (en el BOE)
- transpone la Directiva (UE) 2021/903, de 3 de junio
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)