Crea el órgano que gestionará el programa de apoyo a «Universo Mujer III» y tramitará certificaciones de gastos.
Título oficial: Orden PCM/420/2022, de 12 de mayo, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público Programa "Universo Mujer III".
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se crea un órgano colegiado integrado en el Consejo Superior de Deportes para aprobar actividades y certificar que determinados gastos se ajustan al programa. Las entidades y personas interesadas pueden solicitar estas certificaciones, necesarias para el reconocimiento de los beneficios fiscales previstos.
El órgano estará formado por seis miembros y aprobará los planes de actividades, el logotipo y las certificaciones de gastos. Para emitir estas certificaciones se necesita el voto favorable del representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública; para aprobar los planes de actividades, el de los representantes del Consejo Superior de Deportes.
Las solicitudes de certificación se presentan ante la Secretaría del órgano, en los modelos que esta facilite. El plazo para pedirlas termina quince días después de la finalización del acontecimiento. El órgano debe notificarlas en un máximo de dos meses desde que la solicitud entra en el registro competente, aunque ese plazo puede suspenderse si pide completar la documentación.
El programa dura desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024. La Federación Española de Baloncesto y la Fundación Deporte Joven prepararán y realizarán actividades según estén o no relacionadas con el baloncesto, y presentarán informes económicos y técnicos al finalizar las actuaciones.
A quién afecta
- Personas y entidades que soliciten certificaciones de gastos del programa
- Donantes del programa «Universo Mujer III»
- Federación Española de Baloncesto
- Fundación Deporte Joven
Qué cambia
- Se crea un órgano colegiado interministerial integrado en el Consejo Superior de Deportes.
- El órgano aprobará las actividades del programa y certificará la adecuación de los gastos a sus objetivos y planes.
- Las certificaciones requieren el voto favorable del representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
- Los interesados deben solicitar las certificaciones mediante los modelos facilitados por la Secretaría del órgano.
- La Federación Española de Baloncesto realizará las actividades relacionadas con el baloncesto; la Fundación Deporte Joven, las que no estén relacionadas con ese ámbito.
- Si la liquidación del programa genera gastos o pérdidas, los sufragarán la Federación Española de Baloncesto y la Fundación Deporte Joven con cargo a sus presupuestos ordinarios.
- El órgano no incrementa el gasto público y sus miembros no percibirán dietas.
Qué hay que hacer
- Quien necesite una certificación debe presentar una solicitud dirigida al órgano colegiado, con el modelo facilitado por su Secretaría.
- Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración deben presentar la solicitud por medios electrónicos, en el registro electrónico del Consejo Superior de Deportes o en el Registro Electrónico General.
Plazos
- El programa abarca desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Las solicitudes de certificación deben presentarse hasta quince días después de la finalización del acontecimiento.
- El órgano dispone de un máximo de dos meses desde la entrada de la solicitud en el registro competente para notificar la certificación.
- El órgano colegiado se extinguirá, en cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede solicitar una certificación?
Los interesados que necesiten una certificación sobre la adecuación de los gastos a los objetivos y planes del programa. Los donantes pueden solicitar certificaciones anuales sobre la donación efectuada y los gastos de publicidad realizados.
¿Dónde se presenta la solicitud?
Se dirige al Consejo Superior de Deportes, a la Secretaría del órgano administrativo del Programa «Universo Mujer III», en calle Martín Fierro, 5 (28040 Madrid). También puede presentarse por los medios previstos en la Ley 39/2015. Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente deben usar el registro electrónico del Consejo Superior de Deportes o el Registro Electrónico General.
¿Cuánto tarda la respuesta?
El plazo máximo es de dos meses desde que la solicitud entra en el registro del órgano competente. Si se requiere completar la documentación, el cómputo se suspende durante el plazo indicado en la orden.
¿Qué ocurre si no recibo un requerimiento ni una notificación dentro de ese plazo?
Se entiende cumplido el requisito de la certificación y se puede solicitar a la Administración Tributaria el reconocimiento previo del beneficio fiscal.
¿Se puede recurrir una denegación?
Sí. Puede presentarse un recurso contencioso-administrativo y, de forma potestativa, un recurso de reposición.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden PCM/420/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 12 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 13 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 14 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-7786- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Consejo Superior de Deportes · Deporte · Mujer · Órganos colegiados · Programas
Normas que cita o modifica
- de conformidad con la disposición adicional 62 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)