Crea el órgano que gestionará el programa «Todos contra el cáncer» y tramitará las certificaciones de gastos.
Título oficial: Orden PCM/792/2022, de 11 de agosto, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Todos contra el cáncer".
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La orden crea un órgano para aprobar actividades del programa «Todos contra el cáncer» y certificar si determinados gastos se ajustan a sus objetivos. El programa se desarrolla desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
El órgano estará integrado en la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad. Lo forman representantes de ese ministerio, del Ministerio de Hacienda y Función Pública y de la Asociación Española Contra el Cáncer. No supone un aumento del gasto público y sus miembros no perciben dietas.
Las personas interesadas pueden solicitar una certificación sobre sus gastos. La solicitud debe dirigirse a la Subdirección General de Calidad Asistencial de la Dirección General de Salud Pública. El plazo para pedirla termina quince días después de la finalización del acontecimiento. La Asociación Española Contra el Cáncer prepara el programa de actividades, realiza los actos previstos y asume las eventuales pérdidas del programa.
A quién afecta
- Personas y entidades interesadas en obtener certificaciones de gastos del programa «Todos contra el cáncer».
- Asociación Española Contra el Cáncer.
Qué cambia
- Se crea un órgano colegiado encargado de gestionar el acontecimiento «Todos contra el cáncer».
- El órgano aprobará planes y actividades, y certificará la adecuación de los gastos a los objetivos del programa.
- Las certificaciones requieren el voto favorable de la representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
- La Asociación Española Contra el Cáncer preparará el programa de actividades y realizará materialmente los actos.
- La Asociación Española Contra el Cáncer asumirá las eventuales pérdidas derivadas de la ejecución del programa; las Administraciones Públicas no tendrán esa obligación.
- El órgano funcionará con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la Dirección General de Salud Pública, sin incremento del gasto público ni dietas para sus miembros.
Qué hay que hacer
- Quien necesite una certificación debe presentar una solicitud al órgano colegiado, dirigida a la Subdirección General de Calidad Asistencial de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad.
- Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración deben presentar la solicitud por medios electrónicos en el Registro Electrónico General o en la sede electrónica asociada del Ministerio de Sanidad.
- La Asociación Española Contra el Cáncer debe presentar la documentación anual indicada antes del 31 de mayo de cada año.
- Para el periodo del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, la Asociación Española Contra el Cáncer debe presentar los Estados Financieros Intermedios antes del 30 de septiembre de 2025.
Plazos
- El programa se desarrollará desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Las solicitudes de certificación pueden presentarse hasta quince días después de la finalización del acontecimiento.
- El órgano debe notificar las certificaciones en un plazo máximo de dos meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver.
- La Asociación Española Contra el Cáncer presentará la documentación anual antes del 31 de mayo de cada año.
- Para el periodo del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, los Estados Financieros Intermedios deben presentarse antes del 30 de septiembre de 2025.
- El órgano colegiado se extinguirá, en cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede solicitar una certificación de gastos?
Los interesados en obtener las certificaciones previstas para el programa. Deben presentar una solicitud dirigida al órgano colegiado.
¿Dónde se presenta la solicitud?
Se dirige a la Subdirección General de Calidad Asistencial de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad. Puede presentarse en los lugares y formas previstos en los artículos 16 y 66 de la Ley 39/2015; los sujetos obligados deben hacerlo por medios electrónicos.
¿Hasta cuándo se puede solicitar la certificación?
Hasta quince días después de la finalización del acontecimiento.
¿Cuánto tarda el órgano en notificar la certificación?
El plazo máximo es de dos meses desde que la solicitud entra en el registro del órgano competente para resolver. El plazo se suspende si se requiere completar la documentación, durante el tiempo indicado en la orden.
¿Qué ocurre si no se recibe una notificación dentro del plazo?
Si termina el plazo sin que se haya recibido un requerimiento o una notificación administrativa, se entiende cumplido el requisito de la certificación y se puede solicitar a la Administración Tributaria el reconocimiento previo del beneficio fiscal.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden PCM/792/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 11 de agosto de 2022
- Publicada en el BOE
- 15 de agosto de 2022
- En vigor desde
- 16 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-13724- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Dirección General de Salud Pública · Enfermedades · Organización de la Administración del Estado · Órganos colegiados
Normas que cita o modifica
- de conformidad con la disposición adicional 68 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)