Ayudas para proyectos de investigación sobre adicciones financiadas con fondos europeos
Título oficial: Orden SND/722/2022, de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de investigación en materia de adicciones, financiadas con fondos europeos, y se aprueba su convocatoria para 2022.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La convocatoria de 2022 destina 1.050.000 € a proyectos de investigación sobre adicciones. Pueden solicitarlas determinadas entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro con residencia fiscal o establecimiento permanente en España.
Los proyectos deben encajar en una de cinco líneas: estudiar los efectos de la pandemia o de cambios sociales sobre los consumos y las personas con adicciones; evaluar nuevas tecnologías para prevenir, tratar o reducir daños; o elaborar guías y protocolos sobre adicciones comportamentales. Deben incorporar la perspectiva de género y no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.
La ayuda se concede mediante concurrencia competitiva. Cada proyecto debe solicitar entre 100.000 € y 350.000 €, y su duración máxima es de dieciocho meses, prorrogables hasta seis meses con autorización expresa. La entidad beneficiaria debe ejecutar el proyecto, justificar los gastos y comunicar otras ayudas o ingresos destinados al mismo.
A quién afecta
- Universidades públicas y privadas válidamente constituidas con residencia fiscal o establecimiento permanente en España
- Organismos públicos de investigación y otros centros públicos de I+D
- Institutos de investigación sanitaria acreditados
- Entidades e instituciones sanitarias públicas
- Entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al Sistema Nacional de Salud y acreditadas
- Otras entidades privadas sin ánimo de lucro dedicadas exclusivamente a generar conocimiento científico o tecnológico y con actividad demostrada en I+D
Qué cambia
- Se convocan ayudas para 2022 por un total de 1.050.000 €.
- Se establecen cinco líneas prioritarias de investigación en materia de adicciones.
- Los proyectos deben solicitar entre 100.000 € y 350.000 €.
- Los proyectos durarán como máximo dieciocho meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión; pueden prorrogarse hasta seis meses con autorización expresa.
- Las entidades beneficiarias deben ejecutar el proyecto sin subcontratar las actuaciones subvencionadas.
- La ayuda puede combinarse con otras fuentes de financiación, siempre que el total no supere el coste del proyecto.
- Los gastos de desplazamiento necesarios para el proyecto no pueden superar el cinco por ciento de la ayuda, salvo justificación y autorización previa.
- La entidad debe justificar la ayuda mediante una cuenta justificativa con informe de auditor.
Qué hay que hacer
- Presentar la solicitud por medios electrónicos dentro del plazo de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
- Si se recibe un requerimiento para subsanar la solicitud, presentar la documentación correspondiente en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación.
- Comunicar a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas las demás ayudas o ingresos para el proyecto cuando se conozcan y también al justificar los fondos.
- Enviar una memoria de ejecución dentro de los treinta días siguientes al cumplimiento de los nueve meses desde el inicio del proyecto.
- Justificar la ayuda en un máximo de dos meses desde el fin del plazo de ejecución o, si hay prórroga, desde la finalización del proyecto.
Plazos
- Solicitudes: quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
- Subsanación: diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación del requerimiento.
- Ejecución del proyecto: máximo de dieciocho meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión; prórroga de hasta seis meses con autorización expresa.
- Memoria de ejecución: dentro de los treinta días siguientes al cumplimiento de los nueve meses desde el inicio de ejecución del proyecto.
- Justificación: máximo de dos meses desde el vencimiento del plazo de ejecución o, si hay prórroga, desde la finalización del proyecto.
- Conservación de los justificantes: al menos cinco años; para los documentos relativos a la financiación, cinco años desde la operación o tres años si la financiación no supera sesenta mil euros.
Preguntas y respuestas
¿Qué entidades pueden pedir estas ayudas?
Universidades y determinados centros públicos o privados sin ánimo de lucro dedicados a la investigación o a la asistencia sanitaria. Deben estar válidamente constituidos y tener residencia fiscal o establecimiento permanente en España.
¿Qué temas pueden abordar los proyectos?
El impacto de la COVID-19 o de cambios sociales en los consumos y las personas con adicciones; las nuevas tecnologías para prevenir, tratar o reducir daños; y guías y protocolos sobre adicciones comportamentales.
¿Cuál es el importe mínimo y máximo por proyecto?
El total de gastos solicitado para cada proyecto no puede ser inferior a cien mil euros (100.000 €) ni superar los trescientos cincuenta mil euros (350.000 €).
¿Cuánto puede durar el proyecto?
Como máximo, dieciocho meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión. Puede prorrogarse por un máximo de seis meses si la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas lo autoriza expresamente.
¿Se pueden recibir otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí, siempre que el importe total no supere el coste del proyecto. La entidad debe comunicar las demás ayudas o ingresos cuando conozca su existencia y también al justificar los fondos.
¿Cuándo y cómo se justifica la ayuda?
En un máximo de dos meses desde el fin del plazo de ejecución o, si hay prórroga, desde la finalización del proyecto. Se presenta una cuenta justificativa con informe de auditor en la sede electrónica de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden SND/722/2022
- Organismo
- Ministerio de Sanidad
- Fecha de la norma
- 26 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 28 de julio de 2022
- En vigor desde
- 29 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-12634- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Centros sanitarios · Centros tecnológicos · Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas · Drogas · Epidemias · Investigación científica · Salud · Sanidad · Secretaría de Estado de Sanidad · Servicios Públicos de Salud · Subvenciones · Universidades
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Otras normas que menciona (13)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto (en el BOE)
- Real Decreto 139/2020, de 28 de enero
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (en el BOE)
- Ley 14/2011, de 1 de junio (en el BOE)
- Ley 14/1986, de 25 de abril (en el BOE)
- Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (en el BOE)
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)