Se eliminan los controles sanitarios de entrada por tierra en Ceuta y Melilla
Título oficial: Orden SND/984/2022, de 18 de octubre, por la que se deja sin efecto la Orden SND/425/2022, de 13 de mayo, por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas que llegan a España a través de los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOESu vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se deja sin efecto la orden que establecía controles sanitarios a quienes llegaban a España por los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla. La medida produce efectos desde las 00:00 horas del 21 de octubre de 2022.
Queda sin efecto la Orden SND/425/2022, que establecía controles sanitarios a las personas que llegaban a España por los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla.
La orden también indica que puede presentarse un recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación. Si se presenta el primero, no se puede presentar el segundo hasta que se resuelva expresamente o se entienda desestimado.
A quién afecta
- Personas que llegan a España por los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla
Qué cambia
- Deja sin efecto la Orden SND/425/2022, que establecía controles sanitarios en los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla.
Qué hay que hacer
- Si se desea recurrir la orden, puede presentarse un recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de Sanidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.
- También puede presentarse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación. Si se presenta primero un recurso de reposición, hay que esperar a que se resuelva expresamente o se produzca su desestimación presunta.
Plazos
- La medida produce efectos desde las 00:00 horas del 21 de octubre de 2022.
- Recurso de reposición: en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.
- Recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.
Preguntas y respuestas
¿Qué controles se eliminan?
Quedan sin efecto los controles sanitarios establecidos para las personas que llegaban a España por los puestos fronterizos terrestres de Ceuta y Melilla.
¿Desde cuándo produce efectos la medida?
Desde las 00:00 horas del 21 de octubre de 2022.
¿Se puede recurrir la orden?
Sí. Puede presentarse un recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o uno contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden SND/984/2022
- Organismo
- Ministerio de Sanidad
- Fecha de la norma
- 18 de octubre de 2022
- Publicada en el BOE
- 20 de octubre de 2022
- En vigor desde
- 21 de octubre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-17102- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Análisis · Certificado sanitario · Ceuta · Epidemias · Extranjeros · Fronteras · Libre circulación de personas · Melilla · Transportes terrestres · Unión Europea · Vacunas · Viajeros
Normas que cita o modifica
- deroga la Orden SND/425/2022, de 13 de mayo
- de conformidad con el art. 52 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 2 y 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)