Se amplía hasta el 30 de junio de 2026 el plazo de ejecución de proyectos 5G del PRTR
Título oficial: Orden TDF/1405/2024, de 4 de diciembre, por la que se modifica la Orden ETD/806/2022, de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos tractores 5G de digitalización sectorial, y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de proyectos del Programa Único Sectorial 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Modifica la Orden ETD/806/2022 para extender el plazo de finalización de los proyectos del Programa Único Sectorial vinculados a 5G. Las referencias a 31 de diciembre de 2025 en convocatorias pasan a entenderse como 30 de junio de 2026.
La orden modifica la Orden ETD/806/2022 para adecuarla a la adenda del PRTR que amplía plazos y algunos hitos. Se establece expresamente que la fecha de finalización de los proyectos objeto de ayuda es el 30 de junio de 2026, fecha en la que deberá estar terminada la inversión.
También se actualizan referencias normativas y temporales: las referencias al suprimido Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se entenderán hechas al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y las referencias en sucesivas convocatorias a la fecha de 31 de diciembre de 2025 se entenderán realizadas al 30 de junio de 2026.
A quién afecta
- beneficiarios de las ayudas para proyectos tractores 5G de digitalización sectorial
- entidades que participen en las convocatorias del Programa Único Sectorial 2022
Qué cambia
- La fecha de finalización de los proyectos se fija en 30 de junio de 2026.
- Se modifica el artículo 1 para reflejar que la fecha de cumplimiento del hito CID es 30 de junio de 2026.
- Se añade normativa aplicable concreta, incluyendo la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.
- Se establece que los cambios no podrán suponer prórrogas de plazo salvo excepciones expresas.
- Se condiciona cada pago a que el órgano instructor constate que el beneficiario cumple requisitos del artículo 34.5 de la Ley 38/2003 y a la documentación exigida en convocatoria o resolución.
- Las referencias al suprimido Ministerio se entenderán practicadas al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
- Las referencias en convocatorias a la fecha de 31 de diciembre de 2025 pasan a ser 30 de junio de 2026.
Qué hay que hacer
- Presentar la documentación que exija la convocatoria o la resolución de concesión cuando se soliciten los pagos, en los plazos y lugares que dichas convocatorias y resoluciones establezcan.
Plazos
- 30 de junio de 2026
Preguntas y respuestas
¿Cuál es la nueva fecha límite para terminar los proyectos?
La fecha de finalización de los proyectos es el 30 de junio de 2026.
¿Qué ocurre con las referencias a 31 de diciembre de 2025 en las convocatorias?
Se entenderán realizadas al 30 de junio de 2026.
Pueden los cambios en los proyectos suponer prórrogas del plazo de ejecución?
No, salvo las excepciones: i) ampliaciones que conceda de oficio el órgano competente; ii) las que, en su caso, se determinen en las convocatorias.
¿En qué se condicionan los pagos a los beneficiarios?
Cada pago quedará condicionado a que el órgano instructor constate que el beneficiario cumple los requisitos señalados en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003 y, además, los pagos podrán condicionarse a la documentación que exija la convocatoria o la resolución de concesión.
¿A qué ministerio deben entenderse referidas las menciones al suprimido Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital?
Se entenderán realizadas al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden TDF/1405/2024
- Organismo
- Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
- Fecha de la norma
- 4 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 12 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 13 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25976- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Centros tecnológicos · Comunicaciones electrónicas · Desarrollo tecnológico · Empresas · Fondo CE · Industrias · Informática · Investigación científica · Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · Programas informáticos · Redes de telecomunicación · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- modifica los arts. 1.2, 2, 35, 36.3 y las referencias indicadas de la Orden ETD/806/2022, de 26 de julio (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 47 y 60 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Orden HFP/55/2023, de 24 de enero (en el BOE)