Orden

Información pública del Registro de producción y gestión de residuos

Título oficial: Orden TED/1024/2026, de 30 de septiembre, por la que se determina la información pública del Registro de producción y gestión de residuos.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 3 de octubre de 2026 BOE-A-2026-20530 7 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Determina qué datos del Registro de producción y gestión de residuos serán públicos. Garantiza la confidencialidad del secreto comercial y protege datos personales según la normativa aplicable.

La orden establece, conforme al artículo 63 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, qué información del Registro de producción y gestión de residuos tendrá carácter público. Se detallan definiciones necesarias (centro, emplazamiento, entidad, inscripción, NIMA y titular) y los campos concretos que se considerarán públicos.

La elección de la información pública se realiza protegiendo los datos personales y el secreto comercial, y siguiendo criterios de jerarquía y proximidad establecidos en la Ley 7/2022. El ámbito de aplicación incluye a las comunidades autónomas, Ciudades de Ceuta y Melilla y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico como gestor del Registro.

A quién afecta

  • comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla (entidades competentes para incorporar datos al Registro)
  • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (departamento competente en mantenimiento y gestión del Registro)
  • entidades que produzcan o gestionen residuos (gestores, transportistas, agentes, negociantes, sistemas de responsabilidad ampliada del productor, productores)

Qué cambia

  • Se determina qué campos del Registro tendrán carácter público
  • Se definen términos: Centro, Emplazamiento, Entidad, Inscripción, NIMA y Titular
  • Se establece la información pública por bloques: datos de entidades, datos de centros, inscripciones y datos específicos según tipo de inscripción (autorizaciones, comunicaciones previas, sistemas de responsabilidad ampliada, operaciones sin instalación, valorización de materiales excavados, almacenamiento en plataformas logísticas, instalaciones móviles)

Qué hay que hacer

  • Las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla deben incorporar al Registro las comunicaciones previas y las autorizaciones reguladas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, según su competencia

Plazos

  • La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Preguntas y respuestas

Qué objetivo tiene esta orden?

Determinar la información del Registro de producción y gestión de residuos que puede hacerse pública de conformidad con el artículo 63.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, garantizando la confidencialidad del secreto comercial.

A qué ámbitos se aplica la orden?

A las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico como gestor del Registro.

Qué datos de una entidad serán públicos?

Identificación mediante nombre o razón social y, en el caso de personas jurídicas, NIF; y datos de dirección (para personas físicas, la dirección de la actividad ejercida).

Qué datos de un centro serán públicos?

Identificación de la entidad a la que pertenece; identificación del centro mediante su NIMA, denominación, actividad económica (código CNAE), dirección y emplazamiento; y codificación del centro si está incluido en el PRTR-España.

Qué información de las inscripciones será pública?

Identificación de la comunicación previa o autorización mediante su tipo y número de inscripción y la fecha de alta de la inscripción.

Se publica la información sobre residuos y operaciones autorizadas?

Sí: operaciones de tratamiento autorizadas (según anexos II y III de la Ley 7/2022), residuos autorizados clasificados mediante códigos LER, identificación de la entidad que explota cada operación en instalaciones de recogida y tratamiento, y otra información específica prevista en el artículo 3.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden TED/1024/2026
Organismo
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Fecha de la norma
30 de septiembre de 2026
Publicada en el BOE
3 de octubre de 2026
Identificador
BOE-A-2026-20530
Última actualización en el BOE
3 de octubre de 2026