Bases para conceder ayudas a proyectos piloto e infraestructuras de renovables marinas
Título oficial: Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
La orden establece ayudas para crear o reforzar plataformas de ensayo, adaptar infraestructuras portuarias y desarrollar demostradores de energías renovables marinas. Las ayudas se concederán mediante convocatorias competitivas y se dirigirán a entidades con proyectos en España.
Hay cuatro subprogramas: plataformas de ensayo de organismos de investigación; otras plataformas de ensayo; demostradores tecnológicos; y proyectos conjuntos de plataformas y demostradores. Las actuaciones deben realizarse en el dominio público marítimo-terrestre español o en aguas portuarias españolas. La financiación es una subvención y el IDAE gestiona las ayudas de forma centralizada.
Pueden solicitarse ayudas para tecnologías como la eólica marina, la energía de las olas y las corrientes, la solar fotovoltaica flotante y sus combinaciones. Los proyectos deben respetar las condiciones ambientales, incluido el principio de no causar un perjuicio significativo. La orden fija límites máximos de ayuda e intensidades que pueden variar según el subprograma y la convocatoria.
A quién afecta
- Organismos de investigación
- Empresas y asociaciones empresariales
- Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia
- Entidades del sector público y universidades públicas con personalidad jurídica propia
Qué cambia
- Establece cuatro subprogramas de ayudas para plataformas de ensayo, demostradores tecnológicos y proyectos conjuntos.
- Las ayudas se conceden en concurrencia competitiva y las gestiona centralizadamente el IDAE.
- La convocatoria determina el plazo, la documentación, los criterios de selección y los importes disponibles.
- La dotación inicial prevista es de 200 millones de euros y puede ampliarse si hay fondos disponibles.
- La ayuda adopta la forma de subvención a fondo perdido; el IDAE puede adelantarla previo depósito de garantía.
- Las ayudas pueden combinarse con otras ayudas públicas nacionales si no se financia el mismo coste y se respetan los límites aplicables; no pueden combinarse con otros fondos de la Unión Europea.
- Los beneficiarios deben cumplir obligaciones de justificación, control, información y publicidad, y respetar las condiciones ambientales.
- Los costes de gestión de la solicitud y justificación no pueden superar el 7 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 25.000 euros por expediente y 60 euros/hora ordinaria de trabajo.
Qué hay que hacer
- Presentar la solicitud y la documentación en la sede electrónica del IDAE, dentro del plazo que fije cada convocatoria.
- Aportar una memoria del proyecto y la documentación que corresponda al tipo de entidad, según la convocatoria.
- Declarar junto con la solicitud las ayudas solicitadas y concedidas para la misma actuación.
- No iniciar la ejecución del proyecto antes de registrar la solicitud de ayuda en la sede electrónica del IDAE.
- Si se obtiene la ayuda, realizar y justificar el proyecto, comunicar otras ayudas o cambios en las condiciones y cumplir las obligaciones de control y publicidad.
Plazos
- El plazo de solicitud lo fija cada convocatoria y debe ser de al menos veinte días y como máximo de tres meses desde la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
- Las bases reguladoras se aplican hasta el 30 de junio de 2026, salvo que se amplíen los plazos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Las plataformas de ensayo deben mantenerse y operarse al menos durante cinco (5) años.
- En los desarrollos tecnológicos de los subprogramas 3 y 4, el mantenimiento debe durar el tiempo comprometido en el plan de desarrollo tecnológico y no puede ser inferior a los veinticuatro meses.
- Para los subprogramas 1 y 2, y para la parte de plataforma de los proyectos del subprograma 4, la ocupación del espacio marino debe durar más de cinco (5) años.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Para el subprograma 1 pueden solicitarlas organismos de investigación para actividades no económicas. En los subprogramas 2, 3 y 4 también pueden solicitarlas, entre otros, empresas, consorcios, agrupaciones empresariales y entidades del sector público que cumplan los requisitos.
¿Qué proyectos pueden recibir la ayuda?
Proyectos de plataformas de ensayo, demostradores tecnológicos renovables marinos y proyectos que combinen plataformas y demostradores. Las actuaciones deben ubicarse en el dominio público marítimo-terrestre español o en aguas portuarias españolas.
¿Dónde y cuándo se presenta la solicitud?
La solicitud se presenta en la sede electrónica del IDAE. El plazo y la forma se fijan en cada convocatoria, y el plazo no puede ser inferior a veinte días ni superior a tres meses desde la publicación del extracto.
¿Se puede empezar el proyecto antes de solicitar la ayuda?
No. Solo se admiten proyectos cuya ejecución no se haya iniciado antes del registro de la solicitud de ayuda en la sede electrónica del IDAE. Los trabajos preparatorios para permisos y los estudios previos de viabilidad no cuentan como inicio.
¿Se pueden combinar estas ayudas con otras?
Pueden combinarse con otras ayudas de administraciones u organismos públicos nacionales si no financian el mismo coste, no superan el coste de la actividad y se respetan los límites aplicables. No son compatibles con otros fondos de la Unión Europea.
¿Cuál es la cuantía máxima de ayuda?
El límite es de 30 millones de euros por actuación para el subprograma 1 y de 20 millones de euros por actuación para el subprograma 2. Para los subprogramas 3 y 4, el límite es de 15 millones de euros por empresa y por proyecto cuando sea un proyecto predominante de desarrollo experimental.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden TED/1204/2022
- Organismo
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Fecha de la norma
- 2 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 6 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 7 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-20640- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Centros tecnológicos · Desarrollo tecnológico · Dominio público portuario estatal · Empresas · Fondo CE · Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía · Investigación científica · Producción de energía · Producción ecológica · Puertos · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (18)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 11/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- Ley 22/2021 (en el BOE)
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio (en el BOE)
- Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre (en el BOE)
- Ley 41/2010, de 29 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)
- Real Decreto 18/2014, de 17 de enero (en el BOE)
- Ley 20/2015, de 14 de julio (en el BOE)