Actualiza la retribución a determinadas instalaciones eléctricas para el segundo semestre de 2022
Título oficial: Orden TED/1295/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen los valores de la retribución a la operación correspondientes al segundo semestre natural del año 2022, aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
La orden establece los valores de retribución a la operación para determinadas instalaciones de electricidad durante el segundo semestre de 2022. También cambia la forma de calcular el coste del gas natural usado en esa retribución.
La actualización se aplica a instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependen principalmente del precio del combustible. Incluye instalaciones de los grupos a.1, b.6 y b.8, y algunas acogidas a disposiciones transitorias del Real Decreto 413/2014.
Los nuevos valores se aplican desde el 1 de julio de 2022. Para las instalaciones que utilizan gas natural, la fórmula de cálculo se adapta y deja de incluir el mercado Henry Hub entre las referencias para estimar el coste de adquisición del gas. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia liquidará las cantidades resultantes a cada instalación afectada en la primera liquidación en la que disponga de los ajustes correspondientes.
A quién afecta
- Instalaciones tipo de los grupos a.1, b.6 y b.8 cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible
- Instalaciones acogidas a la disposición transitoria primera del Real Decreto 413/2014 que hubieran estado acogidas a la disposición transitoria segunda del Real Decreto 661/2007
Qué cambia
- Fija los valores de la retribución a la operación aplicables al segundo semestre natural del año 2022.
- Modifica el cálculo de la retribución a las instalaciones tipo que utilizan gas natural.
- Elimina la referencia al mercado Henry Hub de la cesta de referencias para estimar el coste de adquisición del gas natural.
- Encarga a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia liquidar las cantidades resultantes a cada instalación afectada cuando disponga de los ajustes correspondientes.
Plazos
- Los valores de la retribución a la operación del segundo semestre natural del año 2022 serán de aplicación desde el día 1 de julio de 2022.
- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia realizará la liquidación en la primera liquidación en la que se disponga de los ajustes correspondientes tras la entrada en vigor de esta orden.
Preguntas y respuestas
¿A qué instalaciones se aplica la actualización?
A las instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible, incluidas las de los grupos a.1, b.6 y b.8 y las indicadas en el artículo 2.
¿Desde cuándo se aplican los nuevos valores?
Desde el día 1 de julio de 2022.
¿Qué cambia para las instalaciones que utilizan gas natural?
Se modifica la metodología de cálculo de su retribución a la operación y se elimina el mercado Henry Hub de las referencias para estimar el coste de adquisición del gas.
¿Cuándo se liquidarán las cantidades resultantes?
En la primera liquidación en la que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia disponga de los ajustes correspondientes tras la entrada en vigor de la orden.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden TED/1295/2022
- Organismo
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Fecha de la norma
- 22 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 28 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 29 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-22691- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Carburantes y combustibles · Comercialización · Energía eléctrica · Gas · Política energética · Precios · Producción de energía
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 4.2 de la Orden IET/1345/2015, de 2 de julio (en el BOE)
- de conformidad con el art. 20 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio (en el BOE)
- de conformidad con el art. 14.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (en el BOE)
- cita Orden TED/171/2020, de 24 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (24)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Orden IET/1045/2014, de 16 de junio (en el BOE)
- Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto (en el BOE)
- Orden IET/1344/2015, de 2 de julio (en el BOE)
- Orden IET/2212/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre (en el BOE)
- Orden IET/1209/2016, de 20 de julio (en el BOE)
- Orden ETU/315/2017, de 6 de abril (en el BOE)
- Orden ETU/615/2017, de 27 de junio (en el BOE)
- Orden ETU/1046/2017, de 27 de octubre (en el BOE)
- Orden ETU/360/2018, de 6 de abril (en el BOE)
- Orden TEC/427/2019, de 5 de abril (en el BOE)
- Orden TED/989/2022, de 11 de octubre
- Orden TED/990/2022, de 11 de octubre
- Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre (en el BOE)
- Orden TED/257/2021, de 18 de marzo (en el BOE)
- Orden TED/260/2021, de 18 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio (en el BOE)
- Orden TED/995/2022, de 14 de octubre
- Orden TED/1232/2022, de 2 de diciembre
- Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo
- Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley 3/2013, de 4 de junio (en el BOE)