Orden

Cambia la forma de acreditar los requisitos para pedir subvenciones destinadas a renovar oficinas de empleo

Título oficial: Orden TES/392/2022, de 29 de abril, por la que se modifica la Orden ESS/763/2016, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a financiar la renovación de instalaciones y equipamientos para oficinas de empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 5 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7394 2 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Las comunidades autónomas que soliciten estas subvenciones ya no tendrán que presentar una declaración responsable sobre sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El SEPE recabará los certificados correspondientes; para los demás requisitos se mantiene la declaración responsable.

El cambio afecta a las subvenciones para renovar instalaciones y equipamientos de oficinas de empleo con personal del SEPE. Las comunidades autónomas solicitantes deberán seguir acreditando, mediante declaración responsable y según la convocatoria, que no se encuentran en las demás circunstancias de exclusión previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

  • Para acreditar que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, no tendrán que presentar una declaración responsable. El SEPE recabará, para cada comunidad autónoma solicitante, un certificado emitido por el órgano competente.

La modificación se aplica a las solicitudes presentadas a partir de la entrada en vigor de la orden.

A quién afecta

  • Comunidades autónomas que soliciten estas subvenciones

Qué cambia

  • El SEPE recabará el certificado sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Se mantiene la declaración responsable para acreditar que no concurren las demás circunstancias de exclusión previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

Qué hay que hacer

  • Las comunidades autónomas solicitantes deben acreditar mediante declaración responsable, según la convocatoria, que no concurren en las demás circunstancias de exclusión previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

Plazos

  • La modificación se aplica a las solicitudes presentadas a partir del 06/05/2022.

Preguntas y respuestas

¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

Las comunidades autónomas, para renovar oficinas de empleo con personal del SEPE.

¿Hay que presentar una declaración responsable sobre las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social?

No. El SEPE recabará para cada comunidad autónoma solicitante el certificado emitido por el órgano competente.

¿Se elimina la declaración responsable para todos los requisitos?

No. Se mantiene para las demás circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

¿A qué solicitudes se aplica el cambio?

A las presentadas a partir del 06/05/2022.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden TES/392/2022
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
29 de abril de 2022
Publicada en el BOE
5 de mayo de 2022
En vigor desde
6 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-7394
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Certificaciones · Comunidades Autónomas · Procedimiento administrativo · Seguridad Social · Servicio Público de Empleo Estatal · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.