Orden

Ajusta las penalizaciones y condiciones de recuperación de ayudas a municipios para movilidad sostenible

Título oficial: Orden TMA/1012/2022, de 20 de octubre, por la que se modifica la Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 25 de octubre de 2022 BOE-A-2022-17454 4 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La orden modifica las condiciones de la convocatoria de ayudas de 2021 para proyectos municipales de movilidad sostenible. Mantiene penalizaciones por retrasos, pero permite recuperar importes reducidos si se terminan las actuaciones correctamente y se cumplen las condiciones establecidas.

Los municipios beneficiarios deben certificar el inicio de la licitación antes del 15 de junio de 2022. Se considera iniciado el proceso para todas las actuaciones si se acredita el inicio de las que representen, en conjunto, al menos un 80 % de la subvención concedida. Si se retrasa el inicio, se reduce un 5 % el pago anticipado de 2022 por cada mes de retraso o fracción.

También deben adjudicar al menos el 60 % de la subvención antes de que concluya noviembre de 2022. Si no lo hacen, se reduce un 5 % el pago anticipado de 2023 por cada mes de retraso o fracción. El incumplimiento puede causar la pérdida de la subvención y el reintegro de lo ya percibido cuando impida el retorno de fondos europeos al Tesoro. Los importes reducidos pueden recibirse si se terminan adecuadamente las actuaciones dentro del plazo de la convocatoria y no se produce ese incumplimiento, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga prevista.

A quién afecta

  • Municipios beneficiarios de la convocatoria de ayudas de 2021 para movilidad sostenible

Qué cambia

  • El retraso en obligaciones formales conlleva una reducción del 5 % del pago anticipado correspondiente por cada mes de retraso o fracción.
  • El importe reducido por retrasos en obligaciones formales puede recuperarse si se terminan adecuadamente las actuaciones dentro del plazo y no se impide el retorno de fondos europeos al Tesoro.
  • Se considera iniciado el proceso de licitación de todas las actuaciones si se acredita el inicio de las que sumen al menos un 80 % de la subvención concedida.
  • El retraso en iniciar los procesos de licitación supone una reducción del 5 % del pago anticipado de la anualidad 2022 por cada mes de retraso o fracción.
  • Se exige adjudicar al menos el 60 % de la subvención concedida antes de que concluya noviembre de 2022.
  • El retraso en adjudicar ese porcentaje supone una reducción del 5 % del pago anticipado de la anualidad 2023 por cada mes de retraso o fracción.
  • El incumplimiento del objetivo de adjudicación puede causar la pérdida de la subvención y el reintegro de las cantidades percibidas cuando impida el retorno de fondos europeos al Tesoro.
  • El importe reducido por retrasarse en la adjudicación puede recuperarse si se terminan adecuadamente las actuaciones dentro del plazo y no se impide el retorno de fondos europeos al Tesoro.

Qué hay que hacer

  • Certificar el inicio de los procesos de licitación antes del 15 de junio de 2022; se puede acreditar el inicio de actuaciones que representen al menos un 80 % de la subvención concedida.
  • Certificar que se ha adjudicado al menos el 60 % de la subvención concedida antes de que concluya noviembre de 2022.
  • Para recibir los importes reducidos, culminar adecuadamente las actuaciones dentro del plazo establecido en la convocatoria y no incurrir en un incumplimiento que impida el retorno de fondos europeos al Tesoro.

Plazos

  • Antes del 15 de junio de 2022: certificar el inicio de los procesos de licitación.
  • Antes de que concluya noviembre de 2022: adjudicar al menos el 60 % de la subvención concedida.
  • Dentro del plazo establecido en la convocatoria: culminar adecuadamente las actuaciones para poder recibir los importes reducidos.

Preguntas y respuestas

¿Qué parte de las actuaciones permite acreditar el inicio de la licitación de todas ellas?

Las actuaciones cuyo coste subvencionable acumulado represente al menos un 80 % de la subvención concedida.

¿Qué ocurre si se retrasa el inicio de la licitación?

Se reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2022 por cada mes de retraso o fracción, hasta que se acredite el inicio.

¿Qué porcentaje de la subvención debe estar adjudicado antes de que concluya noviembre de 2022?

Al menos el 60 %.

¿Se pueden recuperar los importes reducidos?

Sí. Se pueden recibir si las actuaciones se culminan adecuadamente dentro del plazo de la convocatoria y no se produce un incumplimiento que impida el retorno de fondos europeos al Tesoro.

¿El incumplimiento del objetivo de adjudicación puede hacer perder la subvención?

Sí, cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos al Tesoro. En ese caso puede conllevar la pérdida de la subvención y el reintegro de las cantidades ya percibidas.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden TMA/1012/2022
Organismo
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Fecha de la norma
20 de octubre de 2022
Publicada en el BOE
25 de octubre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-17454
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Circulación vial · Contaminación · Financiación comunitaria · Informática · Políticas de medio ambiente · Procedimiento administrativo · Secretaría de Estado de Transportes Movilidad y Agenda Urbana · Transportes

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.