Orden

Se actualizan las reglas y el cálculo de las ayudas al transporte ferroviario de mercancías para 2022

Título oficial: Orden TMA/1234/2022, de 12 de diciembre, por la que se modifica la Orden TMA/371/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al periodo de elegibilidad 2022.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 15 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-21291 6 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

La orden cambia cómo se calcula el eco-incentivo y qué datos deben aportar las empresas solicitantes. También establece que, si las solicitudes superan el crédito disponible, la ayuda se repartirá entre quienes resulten beneficiarios.

La subvención se calcula con el incremento de tráfico durante el periodo elegible frente al menor de estos valores: la media del mismo periodo de los dos años anteriores o el tráfico del mismo periodo del año anterior. Para esta convocatoria, los solicitantes podrán optar por comparar solo con la última anualidad. El cálculo usa el eco-incentivo máximo de la tabla y debe respetar los límites de intensidad de ayuda indicados en la orden.

La solicitud debe presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con información general y datos de los tráficos. Si el crédito solicitado supera el disponible, se prorrateará el importe global máximo entre los beneficiarios. La tabla fija V1 = 0 %, V2 = 0,50 del eco-incentivo máximo y V3 = 8 % anual.

A quién afecta

  • Empresas ferroviarias que soliciten el eco-incentivo para el transporte de mercancías en el periodo de elegibilidad 2022

Qué cambia

  • El tráfico se compara con el menor de estos valores: la media de los tráficos del mismo periodo de los dos años anteriores o el tráfico del mismo periodo del año anterior.
  • Para esta convocatoria, los solicitantes pueden elegir comparar únicamente con la última anualidad.
  • Si el crédito solicitado supera el crédito disponible, se prorrateará el importe global máximo entre los beneficiarios.
  • Se modifican los valores de la tabla de cálculo: V1 = 0 %; V2 = 0,50 del eco-incentivo máximo; V3 = 8 % anual.
  • Se detallan los datos que debe incluir la solicitud, incluidos los tráficos y las toneladas-kilómetro netas durante el periodo de comparación.

Qué hay que hacer

  • Las empresas solicitantes deben presentar la documentación a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
  • La solicitud debe incluir los datos generales y de identificación, y la información de los tráficos que indica la orden.

Plazos

  • El periodo de elegibilidad de las actividades subvencionables abarca desde la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Estado» hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Un mes desde el día siguiente al de la notificación para recurrir en reposición.
  • Dos meses desde el día siguiente a la notificación para impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Preguntas y respuestas

¿Cómo se comparará el tráfico para calcular la ayuda?

Con el menor de estos valores: la media de los tráficos del mismo periodo de los dos años anteriores o el tráfico del mismo periodo del año anterior.

¿Se puede comparar solo con el año anterior?

Sí. Para esta convocatoria, los solicitantes pueden optar por realizar la comparación únicamente con la última anualidad.

¿Qué ocurre si las solicitudes superan el crédito disponible?

Se prorrateará entre los beneficiarios el importe global máximo destinado a las subvenciones.

¿Dónde se presenta la solicitud?

A través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

¿Qué plazo hay para recurrir?

Puede interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, o impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. No pueden interponerse ambos recursos simultáneamente.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden TMA/1234/2022
Organismo
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Fecha de la norma
12 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
15 de diciembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-21291
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Contaminación acústica · Contaminación atmosférica · Empresas de transporte · Ferrocarriles · Fondo CE · Formularios administrativos · Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana · Procedimiento administrativo · Reglamentaciones técnicas · Subvenciones · Transporte de mercancías

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (2)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.