Orden

Orden TMA/285/2020: adoptan medidas extraordinarias de flexibilidad en los ámbitos de la aviación civil no regulados por la normativa de la Unión Europea en relación con la situación creada por la crisis global del coronavirus COVID-19

Título oficial: Orden TMA/285/2020, de 25 de marzo, por la que se adoptan medidas extraordinarias de flexibilidad en los ámbitos de la aviación civil no regulados por la normativa de la Unión Europea en relación con la situación creada por la crisis global del coronavirus COVID-19.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 26 de marzo de 2020 BOE-A-2020-4066 7 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Su vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden TMA/285/2020
Organismo
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Fecha de la norma
25 de marzo de 2020
Publicada en el BOE
26 de marzo de 2020
En vigor desde
14 de marzo de 2020
Identificador
BOE-A-2020-4066
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Aeropuertos y aeródromos · Capacitación profesional · Certificaciones · Enfermedades · Epidemias · Estado de alarma · Licencias · Navegación aérea · Pilotos de aviación · Requisitos conjuntos de aviación JAR · Sanidad · Transportes aéreos · Tripulación

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.