La orden modifica los plazos y penalizaciones de las ayudas a municipios para transporte urbano y zonas de bajas emisiones
Título oficial: Orden TMA/354/2022, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Los municipios beneficiarios tienen hasta el 15 de junio de 2022 para iniciar procesos de licitación que representen al menos el 80 % de la subvención. También deben adjudicar al menos el 60 % antes de que concluya noviembre de 2022; los retrasos reducen los pagos anticipados.
La orden cambia las condiciones de la convocatoria de ayudas de 2021. Para acreditar el inicio de los procesos de licitación, basta con que las actuaciones iniciadas acumulen un coste subvencionable de al menos el 80 % de la subvención concedida. El plazo termina el 15 de junio de 2022.
Si no se cumple ese plazo, se reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2022 por cada mes de retraso o fracción. Además, debe adjudicarse al menos el 60 % de la subvención concedida antes de que concluya noviembre de 2022. Si se incumple, se reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2023 por cada mes de retraso o fracción. El incumplimiento de este segundo hito también puede conllevar la pérdida de la subvención y el reintegro de las cantidades percibidas, al menos cuando impida devolver fondos europeos al Tesoro.
A quién afecta
- Municipios beneficiarios de las ayudas de la convocatoria de 2021
Qué cambia
- El plazo para certificar el inicio de las licitaciones pasa a ser antes del 15 de junio de 2022.
- Se considera iniciado el proceso de licitación si las actuaciones acreditadas representan al menos el 80 % del coste subvencionable de la subvención.
- El retraso en iniciar las licitaciones reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2022 por cada mes de retraso o fracción.
- Se establece que debe adjudicarse al menos el 60 % de la subvención antes de que concluya noviembre de 2022.
- El retraso en alcanzar ese porcentaje reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2023 por cada mes de retraso o fracción.
- El incumplimiento del plazo de adjudicación puede causar la pérdida de la subvención y el reintegro de cantidades percibidas cuando impida el retorno de fondos europeos al Tesoro.
Qué hay que hacer
- Certificar el inicio de los procesos de licitación antes del 15 de junio de 2022, acreditándolo en actuaciones que acumulen al menos el 80 % del coste subvencionable.
- Certificar la adjudicación de al menos el 60 % de la subvención antes de que concluya noviembre de 2022.
Plazos
- Antes del 15 de junio de 2022: certificar el inicio de las licitaciones que representen al menos el 80 % del coste subvencionable.
- Antes de que concluya noviembre de 2022: certificar la adjudicación de al menos el 60 % de la subvención concedida.
Preguntas y respuestas
¿Qué parte de las actuaciones debe tener iniciada su licitación?
Las actuaciones acreditadas deben acumular un coste subvencionable de al menos el 80 % de la subvención concedida.
¿Hasta cuándo hay plazo para certificar el inicio de las licitaciones?
Antes del 15 de junio de 2022.
¿Cuánto debe haberse adjudicado y para cuándo?
Al menos el 60 % de la subvención concedida, antes de que concluya noviembre de 2022.
¿Qué ocurre si se retrasa el inicio de las licitaciones?
Se reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2022 por cada mes de retraso o fracción, hasta que se acredite el inicio.
¿Qué ocurre si no se adjudica a tiempo el 60 %?
Se reduce un 5 % el pago anticipado de la anualidad 2023 por cada mes de retraso o fracción. El incumplimiento también puede causar la pérdida de la subvención y el reintegro de las cantidades percibidas cuando impida el retorno de fondos europeos al Tesoro.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden TMA/354/2022
- Organismo
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Fecha de la norma
- 25 de abril de 2022
- Publicada en el BOE
- 26 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-6735- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Circulación vial · Contaminación · Contaminación atmosférica · Financiación comunitaria · Fondo CE · Informática · Municipios · Políticas de medio ambiente · Procedimiento administrativo · Programas · Secretaría de Estado de Transportes Movilidad y Agenda Urbana · Subvenciones · Transportes
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 39 de la Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto (en el BOE)
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)