Ayudas a empresas ferroviarias para impulsar el transporte de mercancías con beneficios ambientales y socioeconómicos
Título oficial: Orden TMA/371/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al periodo de elegibilidad 2022.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
La orden establece ayudas para empresas que realizan transporte ferroviario de mercancías y convoca las correspondientes a la actividad de 2022. La ayuda depende del aumento del tráfico y del ahorro de costes externos frente al transporte por carretera.
Pueden solicitar las ayudas personas jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea y autorizadas para transportar mercancías por ferrocarril en España. La actividad debe haberse realizado después de publicarse la convocatoria, antes de presentar la solicitud y sobre la Red Ferroviaria de Interés General; se excluye el tráfico de carbón. También debe cumplir las condiciones ambientales y demás requisitos de la orden.
La convocatoria dispone inicialmente de 20.000.000 euros, con posibilidad de ampliarse hasta 5.000.000 euros. Las solicitudes se conceden por orden de presentación, hasta agotar el presupuesto. Para pedir la ayuda hay que presentar la solicitud y la documentación por vía telemática en la sede electrónica del MITMA. La actividad subvencionable de esta convocatoria debe haberse realizado entre la publicación de la convocatoria en el BOE y el 31 de diciembre de 2022.
A quién afecta
- Personas jurídicas de la Unión Europea autorizadas para realizar transporte ferroviario de mercancías en España
Qué cambia
- Se establecen las bases para conceder ayudas al transporte ferroviario de mercancías según el mérito ambiental y socioeconómico demostrado.
- Se convoca una primera línea de ayudas para la actividad realizada en 2022.
- La convocatoria cuenta inicialmente con 20.000.000 euros y puede ampliarse hasta 5.000.000 euros.
- Las ayudas se conceden por orden de presentación, hasta que se agote el presupuesto.
- Se excluye de las actividades subvencionables el tráfico de carbón.
- La ayuda es incompatible con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
Qué hay que hacer
- Presentar la solicitud y la documentación requerida por vía telemática en la sede electrónica del MITMA, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de marzo de 2023 a las 12:00 horas.
- Si se recibe un requerimiento para corregir defectos o aportar información complementaria, subsanarlo en un plazo máximo de cinco (5) días.
- Justificar la actividad subvencionada y sus gastos según las condiciones de la orden; la documentación justificativa se presenta en el plazo establecido para las solicitudes.
Plazos
- Actividad subvencionable de la convocatoria: desde la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2022.
- Presentación de solicitudes: desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de marzo de 2023 a las 12:00 horas.
- Subsanación de defectos: plazo máximo de cinco (5) días.
- La resolución de la convocatoria se dictará en un plazo máximo de tres meses tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- La elegibilidad general de las actividades finalizará el 30 de junio de 2026 o cuando se agote el crédito presupuestario disponible, sin perjuicio del periodo fijado en cada convocatoria.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Las personas jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea y legalmente autorizadas para realizar transporte ferroviario de mercancías en España, si cumplen los demás requisitos.
¿Qué actividad puede recibir la ayuda?
El transporte ferroviario de mercancías realizado sobre la Red Ferroviaria de Interés General, en ancho estándar o ibérico, salvo el tráfico de carbón. La actividad debe cumplir las condiciones ambientales y los demás requisitos de la orden.
¿Cuánto presupuesto tiene la convocatoria?
La cuantía inicial es de 20.000.000 euros. Puede ampliarse hasta 5.000.000 euros si existe disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
¿Cómo se presentan las solicitudes?
Por vía telemática, a través de la sede electrónica del MITMA, con los formularios y documentos requeridos.
¿Se puede combinar esta ayuda con otra para la misma finalidad?
No. Es incompatible con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad procedentes de administraciones o entes públicos nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden TMA/371/2022
- Organismo
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Fecha de la norma
- 21 de abril de 2022
- Publicada en el BOE
- 29 de abril de 2022
- En vigor desde
- 30 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-6948- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Contaminación acústica · Contaminación atmosférica · Empresas de transporte · Ferrocarriles · Fondo CE · Formularios administrativos · Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana · Subvenciones · Transporte de mercancías · Transportes terrestres
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con el Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (8)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Ley 47/2003 (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre (en el BOE)