Orden

Orden TMA/378/2020: definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

Título oficial: Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 1 de mayo de 2020 BOE-A-2020-4759 12 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden TMA/378/2020
Organismo
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Fecha de la norma
30 de abril de 2020
Publicada en el BOE
1 de mayo de 2020
En vigor desde
1 de mayo de 2020
Identificador
BOE-A-2020-4759
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Arrendamientos urbanos · Aval · Ayudas · Entidades de crédito · Epidemias · Estado de alarma · Formularios administrativos · Instituto de Crédito Oficial · Préstamos · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (4)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.