Se restablecen las condiciones mínimas de los vuelos entre las islas Canarias y se actualizan tarifas y límites de tarifas flexibles
Título oficial: Orden TMA/830/2022, de 22 de agosto, por la que se recuperan las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2006, por el que se declaran obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas Canarias, dejando sin efecto las modificaciones temporales establecidas por la Orden TMA/676/2020, de 20 de julio, y se modifican las tarifas de referencia establecidas en dichas obligaciones.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Las rutas aéreas interinsulares vuelven, con excepciones, a las frecuencias y capacidades mínimas anteriores a los cambios temporales de 2020. También se fijan nuevas tarifas de referencia y límites para las tarifas flexibles.
Desde el día posterior a la publicación de la orden se recuperan las condiciones operativas de las rutas aéreas sujetas a obligaciones de servicio público. Se establecen frecuencias mínimas, asientos mínimos y condiciones de horario según la ruta y la temporada. La ruta La Palma-Lanzarote no tendrá servicios mínimos; en Gran Canaria-Tenerife Sur y Gran Canaria-El Hierro no se aplican las condiciones de horario indicadas para otras rutas.
Se actualizan las tarifas de referencia de ida para cada ruta. Las compañías pueden solicitar tarifas flexibles, pero su precio no puede superar el 30 por ciento de la tarifa de referencia hasta el 26 de octubre de 2024 y el 25 por ciento a partir del 27 de octubre de 2024. En cada vuelo, estas tarifas no pueden ocupar más del 50 por ciento de las plazas ofertadas.
A quién afecta
- Personas que viajan en rutas aéreas interinsulares de Canarias
- Compañías aéreas que operan rutas sujetas a obligaciones de servicio público
Qué cambia
- Se recuperan las frecuencias y capacidades mínimas anteriores a las modificaciones temporales de 2020, con las condiciones específicas fijadas para cada ruta.
- La ruta La Palma-Lanzarote queda sin exigencia de servicios mínimos.
- Las rutas Gran Canaria-Tenerife Sur y Gran Canaria-El Hierro no están sujetas a las condiciones de horario de vuelos mencionadas para otras rutas.
- Se fijan nuevas tarifas de referencia de ida: entre 76 euros y 118 euros, según la ruta.
- Las tarifas flexibles no pueden superar el treinta por ciento de la tarifa de referencia hasta el 26 de octubre de 2024 y el 25 por ciento a partir del 27 de octubre de 2024.
- Las plazas ocupadas en cada vuelo con tarifas flexibles no pueden superar el 50 por ciento de las plazas ofertadas.
- Si una compañía ya opera en el mercado cuando entra en vigor la orden, debe presentar su programa de operaciones para el resto de la temporada y un programa tentativo para la siguiente.
Qué hay que hacer
- Las compañías que ya operan en el mercado deben presentar a la Dirección General de Aviación Civil, a la mayor brevedad, su programa de operaciones para lo que resta de la temporada en curso y un programa tentativo para la siguiente.
- Las compañías que quieran establecer tarifas flexibles pueden solicitarlo a la Dirección General de Aviación Civil.
Plazos
- Las nuevas condiciones operativas se aplican a partir del día posterior a su publicación.
- Hasta el 26 de octubre de 2024, las tarifas flexibles no pueden superar el treinta por ciento de la tarifa de referencia.
- A partir del 27 de octubre de 2024, las tarifas flexibles no pueden superar el 25 por ciento de la tarifa de referencia.
Preguntas y respuestas
¿Desde cuándo se aplican las nuevas condiciones de servicio?
A partir del día posterior a la publicación de la orden.
¿Qué ocurre con la ruta La Palma-Lanzarote?
No se considera un nivel de servicio mínimo para esta ruta.
¿Cuál es el límite de precio de las tarifas flexibles?
Hasta el 26 de octubre de 2024, no pueden superar el treinta por ciento de la tarifa de referencia; a partir del 27 de octubre de 2024, no pueden superar el 25 por ciento.
¿Cuántas plazas de un vuelo pueden venderse con tarifas flexibles?
No más del 50 por ciento de las plazas ofertadas en cada vuelo.
¿Cuáles son las tarifas de referencia?
Dependen de la ruta y se fijan para los trayectos de ida. Van desde 76 euros hasta 118 euros.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden TMA/830/2022
- Organismo
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Fecha de la norma
- 22 de agosto de 2022
- Publicada en el BOE
- 1 de septiembre de 2022
- En vigor desde
- 2 de septiembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-14337- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Canarias · Contrato de servicios · Tarifas · Transporte de viajeros · Transporte público · Transportes aéreos
Normas que cita o modifica
- deja sin efecto , en la forma indicada, el apartado 1.3) de la Orden TMA/676/2020, de 20 de julio (en el BOE)
- modifica , en la forma indicada, el anexo del Acuerdo publicado por Resolución de 21 de julio de 2006 (en el BOE)
- de conformidad con el art. 95.3 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo (en el BOE)