Providencia

Admitida a trámite cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley de amnistía

Título oficial: Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6597-2024, en relación con los artículos 1, 3, 11 y disposición final segunda de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, por posible vulneración de los artículos 1.1, 6, 9.1 y 3, 14, 117.3 y 118 de la Constitución Española.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 23 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-26771 1 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre varios preceptos de la Ley Orgánica 1/2024. Reserva para sí el conocimiento del asunto y permite que las partes en la ejecutoria se personen en quince días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de diciembre de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6597-2024 planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La cuestión afecta a los artículos 1, 3, 11 y la disposición final segunda de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, por posible vulneración de los artículos 1.1, 6, 9.1 y 3, 14, 117.3 y 118 de la Constitución Española.

De conformidad con el artículo 10.1 c) LOTC, el Pleno reserva para sí el conocimiento de la cuestión. Según el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en la ejecutoria núm. 1/2024 pueden personarse ante el Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado.

A quién afecta

  • quienes sean parte en la ejecutoria núm. 1/2024

Qué cambia

  • Admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6597-2024
  • Reserva para el Pleno del Tribunal Constitucional del conocimiento de la cuestión

Qué hay que hacer

  • Personarse ante el Tribunal Constitucional si se es parte en la ejecutoria núm. 1/2024, dentro de los quince días siguientes a la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado

Plazos

  • quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado»

Preguntas y respuestas

Qué ha decidido el Tribunal Constitucional?

Admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6597-2024 y reservar para sí su conocimiento.

Quién planteó la cuestión de inconstitucionalidad?

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en la ejecutoria núm. 1/2024.

Qué normas se impugnan?

Los artículos 1, 3, 11 y la disposición final segunda de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.

Qué derechos o preceptos constitucionales se invocan?

Se alega posible vulneración de los artículos 1.1, 6, 9.1 y 3, 14, 117.3 y 118 de la Constitución Española.

Qué plazo tienen las partes para personarse?

Quince días siguientes a la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Providencia 6597/2024
Organismo
Tribunal Constitucional
Fecha de la norma
17 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
23 de diciembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-26771
Última actualización en el BOE
26 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Actos procesales · Amnistía · Cataluña · Código Penal · Jurisdicción Contencioso Administrativa · Jurisdicción Criminal · Recursos de inconstitucionalidad · Tribunal de Cuentas

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan