Subvención directa de 156.000 euros para exhumar e identificar restos en Colmenar Viejo
Título oficial: Real Decreto 1031/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para la financiación de las actuaciones necesarias para la exhumación e identificación de restos de personas desaparecidas víctimas de la Guerra Civil española y la Dictadura franquista, en las fosas del Cementerio Parroquial de Colmenar Viejo.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se concede una subvención directa al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para continuar los trabajos de exhumación e identificación de personas desaparecidas en el Cementerio Parroquial de Colmenar Viejo. La ayuda financia actuaciones por un máximo de tres años y debe justificarse después de finalizar el proyecto.
La subvención es de 156.000 euros y se destina a exhumar e individualizar los cuerpos, estudiar los restos, realizar análisis genéticos y dignificar el espacio donde se localicen las fosas. El Ayuntamiento puede subcontratar hasta el 100 por ciento del importe y la ayuda es compatible con otras aportaciones, siempre que el total no supere el coste de la actividad.
El proyecto debe ejecutarse en tres años, contados desde la notificación de la resolución de concesión. El Ayuntamiento recibirá el pago por adelantado y deberá presentar, ante la Dirección General de Memoria Democrática, una cuenta justificativa y una memoria global en los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución. Si incumple las obligaciones de comunicación, visibilidad y publicidad, corresponde un reintegro parcial del 10 por ciento de la cantidad subvencionada.
A quién afecta
- Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes
Qué cambia
- Se regula la concesión directa de una subvención de 156.000 euros al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
- La ayuda financia la exhumación e individualización de cuerpos, el estudio antropológico forense, la identificación genética y la dignificación del espacio.
- Se permite subcontratar hasta el 100 por ciento del importe subvencionado.
- La subvención puede sumarse a otras ayudas si el total no supera el coste de la actividad.
- El pago se realiza por adelantado y no exige fianza o garantía.
- El Ayuntamiento debe justificar los gastos y conservar la documentación original durante 5 años.
- El incumplimiento de las obligaciones de comunicación, visibilidad y publicidad conlleva un reintegro parcial del 10 por ciento.
Qué hay que hacer
- A requerimiento del órgano instructor, el Ayuntamiento debe aportar por medios electrónicos la documentación indicada en el artículo 5 en un plazo de quince días.
- Antes de la concesión y el pago, el Ayuntamiento debe aportar un presupuesto desglosado por conceptos y con distribución temporal.
- El Ayuntamiento debe ejecutar el proyecto dentro de los tres años contados desde la notificación de la resolución de concesión.
- En los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución, el Ayuntamiento debe presentar la justificación y la memoria ante la Dirección General de Memoria Democrática.
- El Ayuntamiento debe conservar durante 5 años la documentación original justificativa.
Plazos
- Quince días para aportar la documentación requerida antes de la resolución de concesión.
- Tres meses desde la fecha de inicio del procedimiento para resolver y notificar la concesión.
- Tres años desde la notificación de la resolución de concesión para ejecutar el proyecto.
- Tres meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución para presentar la justificación.
- 5 años para conservar la documentación original justificativa.
Preguntas y respuestas
¿Quién recibe la subvención?
El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
¿De cuánto es la ayuda?
De 156.000 euros.
¿Qué trabajos financia?
La exhumación e individualización de los cuerpos, el estudio antropológico forense, la identificación genética y la dignificación del espacio.
¿Cuánto tiempo hay para ejecutar el proyecto?
Tres años desde la notificación de la resolución de concesión.
¿Cuándo debe justificarse la subvención?
En los tres meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución.
¿Qué ocurre si no se cumplen las obligaciones de comunicación, visibilidad y publicidad?
Procede un reintegro parcial por importe del 10 por ciento de la cantidad total subvencionada.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 1031/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 20 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 21 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 22 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-21684- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Ayuntamientos · Cementerios · Defunciones · Guerra Civil · Madrid · Secretaría de Estado de Memoria Democrática · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Ley 20/2022, de 19 de octubre
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre (en el BOE)