Reorganiza la estructura del Ministerio de Justicia y de la Abogacía General del Estado
Título oficial: Real Decreto 1040/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La norma cambia la organización y las funciones de varios órganos del Ministerio de Justicia y de la Abogacía General del Estado. El texto indica que estos cambios no afectan a los derechos ni a los deberes de la ciudadanía.
Se actualizan las competencias de distintas direcciones generales y subdirecciones del Ministerio de Justicia. También se establece la estructura de la Abogacía General del Estado y se detallan sus funciones de asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio.
La norma aclara quién es responsable y quién se encarga del tratamiento de los datos personales en determinadas aplicaciones y servicios digitales del Ministerio de Justicia. Además, prevé la continuidad temporal de algunas unidades mientras se asumen sus funciones o se adapta la organización.
Qué cambia
- La Abogacía General del Estado pasa a tener rango de Subsecretaría y queda integrada por las Direcciones Generales de lo Consultivo y de lo Contencioso, entre otros órganos.
- Se suprimen varios órganos del Ministerio de Justicia y de la Abogacía General del Estado.
- Se actualizan las funciones de las direcciones generales de Servicio Público de Justicia y de Transformación Digital de la Administración de Justicia, entre otras.
- Se regulan las funciones de la Abogacía General del Estado, incluida la asistencia jurídica y la representación y defensa de distintas administraciones y entidades públicas.
- Para determinadas aplicaciones y servicios digitales, el Ministerio de Justicia actúa como encargado del tratamiento de datos personales y los órganos y organismos que los reciben como responsables del tratamiento.
- Las delegaciones de competencias ya otorgadas continúan siendo válidas hasta que se revoquen o se otorguen de nuevo.
- Algunas unidades y puestos y ciertas Abogacías del Estado se mantienen temporalmente, en las condiciones previstas en las disposiciones transitorias.
Preguntas y respuestas
¿Cambian los derechos o deberes de la ciudadanía?
El texto señala que la norma no afecta a los derechos ni a los deberes de la ciudadanía.
¿Quién se encarga de los datos personales en las aplicaciones digitales del Ministerio?
En los casos previstos, el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, es el encargado del tratamiento. Los órganos y organismos que reciben las aplicaciones y servicios son los responsables del tratamiento.
¿Se mantienen algunas unidades suprimidas mientras se reorganizan sus funciones?
Sí. Las Abogacías del Estado ante el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo subsisten hasta que sus funciones sean asumidas en su totalidad por los órganos indicados en la norma.
¿Qué ocurre con las Abogacías del Estado Provinciales?
Subsisten hasta que se determine la existencia y organización de las unidades descentralizadas. Mientras tanto, se integran en la Abogacía del Estado de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 1040/2022
- Organismo
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Fecha de la norma
- 27 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 28 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 29 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-22686- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Abogacía General del Estado Dirección del Servicio Jurídico del Estado · Ministerio de Justicia · Organización de la Administración del Estado · Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia
Normas que cita o modifica
- modifica los arts. 1, 3, 4, 6, 7, 9 y 11, SUPRIME la disposición adicional 5 y AÑADE la 7 al Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo (en el BOE)
- modifica el art. 2 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero
- de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (8)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 2/2020, de 12 de enero (en el BOE)
- Real Decreto 997/2003, de 25 de julio (en el BOE)
- Real Decreto 241/2022, de 5 de abril
- Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 52/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (en el BOE)
- Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo (en el BOE)