Real Decreto

Regula los derechos de ayuda básica a la renta para agricultores dentro de la Política Agrícola Común

Título oficial: Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 29 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-23045 218 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La norma establece cómo se convierten los derechos de pago básico en nuevos derechos de ayuda para el período 2023-2027. También regula quién puede recibirlos, cómo se solicitan derechos de la reserva nacional y cómo se ceden.

La ayuda se dirige a agricultores activos titulares de explotaciones agrarias que figuren en el Registro de explotaciones agrarias y que cumplan los requisitos aplicables, incluida la declaración de hectáreas subvencionables. La norma se aplica en todo el territorio nacional, salvo en la Comunidad Autónoma de Canarias, donde se aplican sus programas específicos. Las comunicaciones entre la Administración y los beneficiarios se hacen exclusivamente por medios electrónicos.

Los derechos de pago básico existentes a 31 de diciembre de 2022 se convierten en derechos de ayuda básica a la renta, primero de forma provisional y después definitiva. La norma fija un proceso de convergencia de su valor hacia la media regional y crea una reserva nacional, con prioridad para jóvenes agricultores y nuevos agricultores, entre otros casos. También establece las condiciones para solicitar derechos de esa reserva y las reglas para ceder derechos, incluidas las retenciones por cesiones sin tierras.

A quién afecta

  • Agricultores activos titulares de explotaciones agrarias inscritos en el Registro de explotaciones agrarias
  • Agricultores que soliciten derechos de ayuda de la reserva nacional
  • Agricultores que cedan o reciban derechos de ayuda básica a la renta

Qué cambia

  • Los derechos de pago básico existentes a 31 de diciembre de 2022 se convierten en derechos de ayuda básica a la renta para el período 2023-2027; no habrá una nueva asignación inicial en 2023.
  • La conversión será provisional y después definitiva, teniendo en cuenta las superficies declaradas en 2023.
  • Los valores de los derechos se acercarán progresivamente a la media regional: en 2026 ningún derecho tendrá un valor inferior al 85 % de esa media y en 2029 se alcanzará la convergencia plena.
  • Se crea una reserva nacional para asignar derechos, con prioridad para agricultores legitimados por sentencia o acto administrativo firme, jóvenes agricultores y nuevos agricultores.
  • Los derechos asignados por la reserva nacional no podrán cederse durante la campaña de asignación y las cuatro campañas siguientes, salvo las excepciones previstas.
  • La venta o el arrendamiento de derechos sin tierras tendrá una retención del 30 % del valor de cada derecho, excepto en los supuestos enumerados en la norma.
  • Las comunicaciones entre la Administración y los beneficiarios deberán hacerse exclusivamente por medios electrónicos.

Qué hay que hacer

  • Quien solicite derechos de la reserva nacional debe presentar la solicitud y la documentación correspondiente ante la autoridad competente, dentro del plazo de presentación de la solicitud única de cada año.
  • Quien ceda derechos debe comunicarlo a la autoridad competente ante la que presentó su última solicitud única y aportar los documentos que acrediten la cesión.
  • Quien solicite derechos de la reserva nacional debe cumplir las condiciones generales y, según el caso, las condiciones específicas previstas en la norma.

Plazos

  • La conversión provisional de derechos se comunicará antes del inicio del plazo de presentación de la solicitud única de la campaña 2023.
  • La conversión definitiva se llevará a cabo antes del 1 de abril de 2024.
  • La región y el valor definitivos de los derechos para las campañas 2023 a 2026 se comunicarán antes del 1 de abril de 2024.
  • La solicitud de derechos de la reserva nacional debe presentarse dentro del plazo de presentación de la solicitud única de cada año.
  • El plazo para comunicar cesiones comienza el 1 de noviembre y termina en la fecha final del plazo de modificación de la solicitud única del año siguiente. En la campaña 2023, comienza junto con el plazo de presentación de la solicitud única y termina con el plazo de modificación de esa solicitud.
  • La reserva nacional podrá financiarse en 2023 con una reducción de hasta un máximo del 3 % de la asignación financiera nacional; si fuera necesario, en 2024 podrá completarse con un máximo del 1 %.
  • Los agricultores que reciban derechos de la reserva nacional deben utilizarlos en la campaña de asignación y las cuatro campañas siguientes, salvo causas de fuerza mayor reconocidas.

Preguntas y respuestas

¿Quién puede ser titular de estos derechos?

Los agricultores activos titulares de una explotación agraria que figuren en el Registro de explotaciones agrarias y accedan a los derechos por conversión, asignación de la reserva nacional o cesión.

¿Se aplican estas reglas en Canarias?

No. En la Comunidad Autónoma de Canarias se aplican sus programas específicos.

¿Cómo se convierte el derecho de pago básico?

Los derechos existentes a 31 de diciembre de 2022 pasan a ser derechos de ayuda básica a la renta mediante una conversión provisional y otra definitiva. La conversión definitiva tendrá en cuenta las superficies declaradas en 2023.

¿Se pueden ceder los derechos?

Sí. Pueden cederse en venta, arrendamiento u otra forma admitida, dentro de la misma región. Salvo en los casos de sucesión previstos, solo pueden cederse a un agricultor activo.

¿Qué retención se aplica a la cesión de derechos sin tierras?

Se restituye a la reserva nacional el 30 % del valor de cada derecho, salvo en los supuestos de excepción enumerados en la norma.

¿Cómo se solicitan derechos de la reserva nacional?

Se presenta la solicitud y la documentación correspondiente ante la autoridad competente, dentro del plazo de presentación de la solicitud única de cada año.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 1045/2022
Organismo
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fecha de la norma
27 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
29 de diciembre de 2022
En vigor desde
2 de enero de 2023
Identificador
BOE-A-2022-23045
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Agricultura · Ayudas · Explotaciones agrarias · Fondo Español de Garantía Agraria · Pagos · Política Agrícola Común

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.