La norma fija los requisitos mínimos para que los municipios regulen zonas de bajas emisiones
Título oficial: Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Las entidades locales deben diseñar y regular las zonas de bajas emisiones con objetivos medibles sobre calidad del aire y reducción de emisiones. Los proyectos deben prever restricciones para los vehículos más contaminantes, seguimiento de resultados y participación pública.
Las zonas de bajas emisiones deben contribuir a mejorar la calidad del aire y mitigar el cambio climático. También deben impulsar medios de transporte más sostenibles y considerar la calidad acústica y la eficiencia energética. Las entidades locales delimitan y regulan estas zonas en su normativa municipal.
Antes de establecer una zona, debe prepararse un proyecto con objetivos, medidas y un sistema de seguimiento. El proyecto debe someterse a información pública durante al menos treinta días. Las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento se aplican según el potencial contaminante de los vehículos; solo caben excepciones justificadas que respeten los objetivos establecidos.
A quién afecta
- Entidades locales que establezcan zonas de bajas emisiones
- Conductores y propietarios de vehículos que circulen, estacionen o accedan a esas zonas
Qué cambia
- Fija requisitos mínimos para los proyectos de zonas de bajas emisiones establecidos por las entidades locales.
- Exige objetivos cuantificables de calidad del aire y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
- Prevé restricciones de acceso, circulación y estacionamiento según el potencial contaminante de los vehículos.
- Permite excepciones a las restricciones solo en casos debidamente justificados y si se cumplen los objetivos.
- Exige un proyecto previo, información pública y un sistema continuo de seguimiento.
- Establece que los proyectos se revisen al menos a los tres años de su establecimiento y, después, al menos cada cuatro años.
- Obliga a revisar las zonas establecidas antes de la entrada en vigor para adaptarlas a la norma.
Qué hay que hacer
- Las entidades locales deben preparar un proyecto antes de establecer una zona de bajas emisiones y someterlo a información pública durante un plazo no inferior a treinta días.
- Las entidades locales deben informar a la Dirección General de Tráfico y a las autoridades autonómicas competentes en materia de tráfico sobre el contorno, los horarios, si los hubiera, y los vehículos permitidos, en el plazo máximo de un mes desde el establecimiento de la zona.
- Las entidades locales deben informar sobre la zona al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y al órgano autonómico competente en medio ambiente, en el plazo máximo de un mes desde su establecimiento.
- Las entidades locales deben revisar los proyectos al menos a los tres años de su establecimiento y, posteriormente, al menos cada cuatro años.
- Quienes accedan, circulen o estacionen en una zona deben respetar sus restricciones; incumplirlas constituye una infracción grave y se aplica el régimen sancionador previsto en la normativa de tráfico.
Plazos
- Información pública del proyecto: plazo no inferior a treinta días.
- Información a las autoridades competentes: plazo máximo de un mes desde el establecimiento de la zona.
- Revisión del proyecto: al menos a los tres años de su establecimiento y, posteriormente, al menos cada cuatro años.
- Las zonas establecidas antes de la entrada en vigor deben revisarse para adaptarse a la norma en un plazo máximo de 18 meses desde dicha entrada en vigor y, posteriormente, cada cuatro años.
Preguntas y respuestas
¿Quién establece y regula las zonas de bajas emisiones?
Las entidades locales las delimitan y regulan en su normativa municipal.
¿Qué vehículos pueden tener restringido el acceso?
Las restricciones afectan prioritariamente a los vehículos con más potencial contaminante y deben ser proporcionales a los objetivos fijados.
¿Puede haber excepciones a las restricciones?
Sí, únicamente en casos debidamente justificados y siempre que se garantice el cumplimiento de los objetivos previstos.
¿Cuánto tiempo debe estar el proyecto en información pública?
Durante un plazo no inferior a treinta días.
¿Qué ocurre si no se respetan las restricciones?
El incumplimiento es una infracción grave y se aplica el régimen sancionador previsto en la normativa de tráfico.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 1052/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 27 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 28 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 29 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-22689- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Aparcamiento · Circulación vial · Contaminación atmosférica · Políticas de medio ambiente · Procedimiento sancionador · Ruidos · Señalización · Transporte de mercancías · Transportes terrestres · Urbanismo · Vehículos de motor
Normas que cita o modifica
- modifica la disposición final 3 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 7/2021, de 20 de mayo (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se modifica el art. 8, por Ley 9/2025, de 3 de diciembre
- la cita Orden TRM/1422/2023: modifica la Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021
Otras normas que menciona (14)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 818/2018, de 6 de julio (en el BOE)
- Ley 2/2011, de 4 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto 102/2011, de 28 de enero (en el BOE)
- Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto (en el BOE)
- Ley 7/1985, de 2 de abril (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley 37/2007, de 16 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 20/2013, de 9 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril (en el BOE)
- Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre (en el BOE)