Modificación de la estructura orgánica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Título oficial: Real Decreto 1186/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se sustituye una dirección general por dos y se crean divisiones y subdirecciones para reforzar la gestión de la memoria democrática. También se redistribuyen funciones en la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local.
La Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática se divide en dos: la Dirección General de Atención a las Víctimas y la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática. Se crea además la División de Exhumaciones y se reorganizan subdirecciones y competencias dentro del Ministerio.
Se reordenan las funciones en la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, se atribuye a la Subdirección General de Cooperación Autonómica la instrucción del procedimiento para la determinación de sedes físicas y la preparación de las propuestas para su elevación al Consejo de Ministros, y se actualizan las competencias y órganos colegiados adscritos al Ministerio.
A quién afecta
- Secretaría de Estado de Memoria Democrática
- Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
- Personal y unidades orgánicas dependientes de las direcciones generales mencionadas
- Órganos colegiados adscritos al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Qué cambia
- Sustitución de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática por dos direcciones generales separadas.
- Creación de la División de Exhumaciones.
- Asignación de funciones concretas a la Dirección General de Atención a las Víctimas (lista de funciones a)–m)).
- Creación y atribución de funciones a la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática (lista de funciones a)–m)).
- Redistribución de subdirecciones en la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local.
- Incorporación de nuevas funciones j) y k) en materia internacional y conmemoración de 50 años de la transición.
- Supresión de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática y de la Subdirección General de Ayuda a las Víctimas de la Guerra y de la Dictadura.
- Actualización de órganos colegiados adscritos y creación de comisiones temporales hasta el cumplimiento de sus fines.
Preguntas y respuestas
¿Qué sucede con la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática?
Se suprime y se sustituye por dos direcciones generales: la Dirección General de Atención a las Víctimas y la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática.
¿Qué nueva unidad se crea para actuaciones forenses?
Se dispone la creación de la División de Exhumaciones, dependiente orgánicamente de la Dirección General de Atención a las Víctimas.
¿Qué funciones se asignan a la Dirección General de Atención a las Víctimas?
Funciones como apoyo técnico y administrativo a la oficina de víctimas; colaboración para consultas de libros de defunciones e inscripción; auditoría de bienes expoliados; tramitación de la Declaración de reconocimiento y reparación personal; confección y mantenimiento del Registro y Censo Estatal de Víctimas; planes y gestión de exhumaciones e identificación; coordinación con el Banco Estatal de ADN; gestión de subvenciones y apoyo a órganos colegiados, entre otras.
¿Qué funciones tiene la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática?
Diseño, seguimiento y ejecución del Plan Estatal de Memoria Democrática; gestión de subvenciones para recuperación y divulgación; preparación de actos de reconocimiento y conmemoración; organización de actividades divulgativas; inventario de edificaciones vinculadas a prisioneros y batallones; impulso para crear un Centro de la Memoria Democrática; gestión internacional; propuestas para la resignificación del Valle de Cuelgamuros; gestión de registros e inventarios; y tramitación de expedientes sancionadores conforme a la Ley 20/2022.
¿Se mantienen delegaciones de competencias de órganos suprimidos?
Sí. Las delegaciones de competencias continuarán siendo válidas y eficaces hasta que sean revocadas o nuevamente otorgadas, y si se hubiesen hecho a órganos suprimidos, se entenderán válidas en favor de los órganos en cuyo ámbito se encuadre la competencia.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 1186/2024
- Organismo
- Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
- Fecha de la norma
- 28 de noviembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 29 de noviembre de 2024
- En vigor desde
- 29 de noviembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-24854- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · Organización de la Administración del Estado · Secretaría de Estado de Memoria Democrática
Normas que cita o modifica
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 20/2022, de 19 de octubre (en el BOE)
- Ley 43/1998, de 15 de diciembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)