Regula subvenciones directas para promover la Memoria Democrática
Título oficial: Real Decreto 1220/2024, de 3 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a favor de determinadas entidades, asociaciones y fundaciones para actividades relacionadas con la promoción, fomento y divulgación de la Memoria Democrática y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y la Dictadura.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se autorizan subvenciones concedidas de forma directa a varias entidades para proyectos de promoción, fomento y divulgación de la Memoria Democrática y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y la Dictadura. Se detallan beneficiarios, importes, gastos subvencionables, plazos y obligaciones de justificación y control.
El real decreto regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades cuyos fines y actividades estén relacionados con la divulgación y promoción de la Memoria Democrática. Se autoriza la concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario y por la especificidad del objeto, al amparo del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003.
Se listan las entidades beneficiarias y el importe asignado a cada una, se definen las actuaciones que pueden financiarse (promoción, divulgación, pedagogía, actuaciones museísticas, etc.), los gastos subvencionables y el régimen de contratación. Se establecen las reglas de procedimiento, pago anticipado, obligaciones de justificación en los tres meses siguientes a la finalización, controles, reintegros por incumplimiento y sanciones conforme a la Ley 38/2003 y su reglamento.
A quién afecta
- Diputación provincial de Cuenca
- Cabildo Insular de Fuerteventura
- Ayuntamiento de Morata de Tajuña
- Ateneo de Madrid
- Fundación Pedro Zerolo
- Fundación Juan Negrín
- La Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo de España
- Ayuntamiento de Lleida
- Ayuntamiento de Gernika-Lumo
- Fundación Gregorio Peces-Barba
Qué cambia
- Autorización de concesión directa de subvenciones por razones de interés público y especificidad del objeto
- Asignación de importes concretos a diez entidades, por un total de 970.000 euros
- Pago anticipado de las subvenciones sin necesidad de fianza o garantía
- Listado de gastos subvencionables, incluida la posibilidad de financiar hasta un 10% de gastos de funcionamiento ordinario
- Plazo de ejecución de los trabajos de hasta dos años desde la notificación de la resolución de concesión
- Obligación de justificar en los tres meses siguientes a la finalización mediante cuenta justificativa y memoria firmada
- Establecimiento de porcentajes de reintegro según tipo de incumplimiento (por ejemplo, 100%, 40%, 10%)
- Publicidad de las subvenciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Qué hay que hacer
- Presentar una solicitud en el plazo máximo de diez días a través del registro electrónico de la sede electrónica asociada del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
- Aportar con la solicitud: declaración responsable sobre prohibiciones y deudas de reintegro, presupuesto estimativo y acreditación de estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Justificar la subvención en los tres meses siguientes a la finalización de las actuaciones mediante cuenta justificativa con justificantes de gasto y una memoria firmada; si se financia personal, aportar partes horarios firmados.
Plazos
- Plazo máximo de diez días para presentar la solicitud desde la entrada en vigor del real decreto.
- Plazo para la ejecución de los trabajos: hasta dos años, contado desde la notificación de la resolución de concesión.
- Presentación de la justificación: en los tres meses siguientes a la finalización de las actuaciones.
- Plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión: tres meses desde la fecha de inicio del procedimiento.
- Plazo máximo para resolver y notificar la modificación de la resolución: tres meses desde la entrada de la solicitud de modificación; ampliación de subsanación: hasta cinco días.
Preguntas y respuestas
Qué entidades reciben subvención y cuánto?
Se listan diez entidades con sus importes: Diputación provincial de Cuenca (100.000 euros); Cabildo Insular de Fuerteventura (100.000 euros); Ayuntamiento de Morata de Tajuña (50.000 euros); Ateneo de Madrid (300.000 euros); Fundación Pedro Zerolo (155.000 euros); Fundación Juan Negrín (25.000 euros); La Amical de Mauthausen y otros campos... (100.000 euros); Ayuntamiento de Lleida (30.000 euros); Ayuntamiento de Gernika-Lumo (30.000 euros); Fundación Gregorio Peces-Barba (80.000 euros).
Cuál es el importe total de las subvenciones?
El importe total asciende a 970.000 euros.
Cómo y cuándo se paga la subvención?
El pago se efectuará con carácter anticipado, tras la resolución de concesión, y sin necesidad de constitución de fianza o garantía.
Qué gastos son subvencionables?
Gastos de personal, dietas y gastos de viajes (hasta el máximo del Grupo 2 del Real Decreto 462/2002), adquisición o alquiler de material inventariable y bibliográfico, equipamiento y obras, material fungible, gastos de publicidad y servicios profesionales, y gastos de funcionamiento ordinario hasta un máximo del 10% del coste de la actividad subvencionada.
Qué obligaciones de justificación tienen las beneficiarias?
Justificar en los tres meses siguientes a la finalización mediante cuenta justificativa con justificantes de gasto y una memoria firmada; aportar partes horarios firmados si se financian gastos de personal.
Qué sucede si hay incumplimientos?
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, según el incumplimiento, se aplicarán porcentajes de reintegro: por ejemplo, 100% por falsear datos o incumplimiento total o de justificación, 10% por demora en la presentación de la justificación, 40% por incumplimiento de medidas de difusión, y proporcionales en incumplimientos parciales.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 1220/2024
- Organismo
- Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 3 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 4 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 5 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25208- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Asociaciones · Ayudas · Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática · Fundaciones · Guerra Civil · Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 3.1 del Real Decreto 1179/2024, de 28 de noviembre
- de conformidad con el art. 67 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 22.2.c) y 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Ley 20/2022, de 19 de octubre (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (8)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)