Subvención a Canarias para financiar plantas potabilizadoras
Título oficial: Real Decreto 1222/2024, de 3 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOESu vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se concede una subvención directa de 8.500.000 euros a la Comunidad Autónoma de Canarias para financiar el funcionamiento de plantas potabilizadoras. La Comunidad debe crear un programa de ayudas en modalidad de concurrencia competitiva y justificar gastos ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Se regula la concesión directa, por razones de interés público, social y económico, de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para financiar los costes de funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua en su territorio. La subvención está destinada a abaratar el precio final del agua potable producida en plantas desaladoras y a incentivar una gestión eficiente del agua.
La Comunidad Autónoma de Canarias deberá desarrollar un programa de ayudas en modalidad de concurrencia competitiva, establecer las actuaciones y los importes máximos financiables, y justificar la subvención mediante una cuenta justificativa con documentos acreditativos del gasto y pago, memoria de cumplimiento y memoria económica ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
A quién afecta
- Comunidad Autónoma de Canarias
- entidades locales o empresas públicas o concesionarias que sean titulares o hayan sido titulares del servicio público de abastecimiento de agua en Canarias
- entidades que viertan agua desalinizada a la red de distribución para consumo doméstico en Canarias
Qué cambia
- Concesión directa de una subvención por 8.500.000 euros para financiar el funcionamiento de plantas potabilizadoras en Canarias
- Obligación para la Comunidad Autónoma de Canarias de desarrollar un programa de ayudas en modalidad de concurrencia competitiva
- Se consideran gastos subvencionables los costes eléctricos del agua producida en plantas potabilizadoras, el mantenimiento de las instalaciones y gastos de personal de mantenimiento
- Financiación de actuaciones desarrolladas entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024
- Pago anticipado de la subvención tras resolución, sin fianza, previa acreditación de requisitos
- Justificación mediante cuenta justificativa y documentación antes del 30 de octubre de 2025, ampliable hasta el 31 de diciembre de 2025
- Obligación de incorporar el logotipo de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente en materiales de difusión vinculados a la subvención
Qué hay que hacer
- La Comunidad Autónoma de Canarias debe desarrollar un programa de ayudas bajo la modalidad de concurrencia competitiva conforme a la Ley 38/2003.
- Acreditar, antes del pago, mediante declaración responsable y certificados, que no incurre en prohibiciones, que está al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que no es deudora por resolución de reintegro.
- Justificar la subvención ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente mediante una cuenta justificativa con documentos acreditativos, memoria de cumplimiento y memoria económica antes del 30 de octubre de 2025 (prorrogable hasta el 31 de diciembre de 2025).
Plazos
- Actuaciones financiables: entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024
- Fecha límite de presentación de documentos de justificación: antes del 30 de octubre de 2025
- Plazo máximo ampliado de justificación, si se concede: 31 de diciembre de 2025
- Finalización del programa de ayudas: 31 de diciembre de 2025
Preguntas y respuestas
¿Quién recibe la subvención?
La Comunidad Autónoma de Canarias.
¿Cuál es el importe de la subvención?
8.500.000 euros.
Qué gastos son subvencionables?
Los costes eléctricos derivados del agua producida en plantas potabilizadoras, el mantenimiento de las instalaciones y los gastos de personal de mantenimiento de las plantas potabilizadoras destinadas a abastecer de agua potable a la población.
Qué periodo cubren las actuaciones financiables?
Las actuaciones desarrolladas entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.
Cuál es el plazo para justificar la subvención?
Antes del 30 de octubre de 2025, plazo que podrá ampliarse a petición motivada hasta el 31 de diciembre de 2025.
Quién autoriza la concesión y quién paga la subvención?
La concesión se realiza mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente; la subvención se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria indicada y su pago se efectuará una vez dictada la resolución de concesión.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 1222/2024
- Organismo
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Fecha de la norma
- 3 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 4 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 5 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25210- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Abastecimiento de aguas · Ayudas · Canarias · Obras hidráulicas · Secretaría de Estado de Medio Ambiente · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 67 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (7)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo
- Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre
- Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 19/1994, de 6 de julio (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)