Real Decreto

Extiende hasta 30/06/2026 plazo y aclara importes de subvención 5G para emergencias

Título oficial: Real Decreto 1229/2024, de 3 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 960/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a organismos públicos de gestión de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Comunitat Valenciana y el Ayuntamiento de Madrid para desarrollar, implementar y validar servicios y comunicaciones 5G para emergencias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 4 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-25215 4 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Se modifica el Real Decreto 960/2022 para ajustar el plazo de ejecución de las actuaciones del Programa 5G Emergencias al 30 de junio de 2026. Se concreta el importe total de la subvención y las obligaciones de verificación y gastos subvencionables.

Se actualiza la finalidad del real decreto para indicar que forma parte de la inversión C15.I6 del PRTR y que el plazo máximo para completar la inversión es el 30 de junio de 2026.

Se aclaran normas aplicables y obligaciones de los beneficiarios: se incorpora la referencia a disposiciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y a órdenes ministeriales específicas; se fija el importe total de la subvención y su forma de pago; y se precisan los requisitos de verificación y los plazos para realizar los gastos subvencionables.

A quién afecta

  • organismos públicos de gestión de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  • organismos públicos de gestión de protección civil y emergencias de la Comunitat Valenciana
  • organismos públicos de gestión de protección civil y emergencias del Ayuntamiento de Madrid

Qué cambia

  • El plazo máximo para completar la inversión pasa al 30 de junio de 2026.
  • Se especifica que se aplicará el Reglamento (UE) 2021/241 y determinadas órdenes: HFP/1030/2021, HFP/1031/2021 y HFP/55/2023.
  • Se fija el importe total de la subvención en 14.995.120 euros para el período 2023-2026.
  • El pago será un pago único anticipado a cada beneficiario, con distribución según el anexo I.
  • Se incluye en las obligaciones del beneficiario la presentación del Documento resumen que justifique el cumplimiento del hito #244, con anexos de certificados de finalización del Hito #243.
  • Se exige que los gastos subvencionables se realicen antes del 30 de junio de 2026.
  • Se sustituyen las referencias al suprimido Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Qué hay que hacer

  • Proporcionar la información necesaria para la aplicación de los mecanismos de verificación y las especificaciones del anexo I de la Decisión de la Comisión que aprueba las Disposiciones Operativas, incluido el Documento resumen que justifique el cumplimiento del hito #244, con los certificados de finalización del Hito #243 emitidos por la administración ejecutora.
  • Realizar los gastos subvencionables antes del 30 de junio de 2026.

Plazos

  • 30 de junio de 2026
  • periodo 2023-2026

Preguntas y respuestas

¿Cuál es el plazo máximo para completar la inversión?

El plazo máximo para completar la inversión es el 30 de junio de 2026.

¿Cuál es el importe total de la subvención?

El importe de la subvención asciende a un total de 14.995.120 euros para el período 2023-2026.

¿Cómo se realizará el pago de la subvención?

Se realizará mediante un pago único anticipado a cada uno de los beneficiarios, distribuyéndose de acuerdo al anexo I.

¿Qué documento debe aportar el beneficiario para verificar el cumplimiento del hito #244?

Debe aportar un Documento resumen que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente el hito, que incluirá como anexo los certificados de finalización de los proyectos identificados en el Hito #243, emitidos por la administración ejecutora.

¿Hasta cuándo deben realizarse los gastos subvencionables?

Los gastos subvencionables deberán realizarse antes del 30 de junio de 2026.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 1229/2024
Organismo
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Fecha de la norma
3 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
4 de diciembre de 2024
En vigor desde
5 de diciembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-25215
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Ayuntamientos · Comunicaciones electrónicas · Comunidad Valenciana · Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual · Extremadura · Internet · Madrid · Protección Civil · Redes de telecomunicación · Subvenciones · Telecomunicaciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.