Se establece un marco para clasificar y comparar cualificaciones oficiales según sus niveles de aprendizaje
Título oficial: Real Decreto 272/2022, de 12 de abril, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
El MECU organiza cualificaciones y certificaciones oficiales en niveles para facilitar su comparación y orientar la movilidad formativa y laboral. Incluye estudios reglados y certificados de profesionalidad, pero situar dos títulos en un mismo nivel no significa que sean equivalentes ni que puedan homologarse entre sí.
El marco tiene ocho niveles. Esta norma desarrolla los niveles 1 a 4 y recoge cualificaciones que completan el nivel 5; los niveles 5 a 8 ya estaban regulados para la educación superior. Los niveles describen los resultados de aprendizaje en conocimientos, capacidades, autonomía y responsabilidad.
Incluye titulaciones oficiales de educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas y deportivas, títulos declarados equivalentes, titulaciones de educación superior según su regulación específica y certificados de profesionalidad. La ubicación de títulos o certificados en un nivel similar no permite equipararlos ni homologarlos.
Esta primera fase comprende las formaciones regladas del sistema educativo, no las formaciones no formales. Tras la certificación de compatibilidad con el marco europeo y el registro del MECU, los ministerios correspondientes regularán la autocertificación: el documento que acompañe a cada titulación o certificación indicará su nivel y describirá sus características.
A quién afecta
- Personas con titulaciones o certificaciones oficiales del sistema educativo español incluidas en el MECU
- Personas con certificados de profesionalidad de Formación Profesional para el Empleo
Qué cambia
- Establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente y completa el marco general español de cualificaciones.
- Desarrolla los niveles 1 a 4 e incorpora cualificaciones que completan el nivel 5.
- Sitúa las titulaciones y certificaciones incluidas en niveles y subniveles según sus resultados de aprendizaje.
- Establece que compartir un nivel no crea equivalencia ni permite homologar unas titulaciones o certificaciones con otras.
- Prevé que, tras la certificación de compatibilidad con el marco europeo y el registro del MECU, se regule la autocertificación de las titulaciones y certificaciones incluidas.
Preguntas y respuestas
¿Qué titulaciones y certificados se incluyen?
Se incluyen titulaciones oficiales de educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas y deportivas, títulos declarados equivalentes y titulaciones de educación superior según su regulación específica. También se incluyen certificados de profesionalidad de Formación Profesional para el Empleo.
¿Tener dos títulos en el mismo nivel significa que son equivalentes?
No. La norma dice que estar en un nivel similar no genera la posibilidad de equiparación u homologación entre ellos.
¿Se incluyen en esta fase los aprendizajes no formales?
No. Esta primera fase recoge las formaciones regladas del sistema educativo; las formaciones no formales se incorporarán en una segunda fase.
¿Qué información incluirá la autocertificación?
El documento que acompañe a cada titulación o certificación incluirá el nivel correspondiente y la descripción de las características de ese nivel.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 272/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 12 de abril de 2022
- Publicada en el BOE
- 7 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 8 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-7490- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Bachillerato · Capacitación profesional · Educación Primaria · Educación Secundaria Obligatoria · Enseñanza de Formación Profesional · Formación profesional · Homologación de títulos académicos · Títulos académicos y profesionales
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 5 del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril
- cita Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se dicta de conformidad Real Decreto 499/2024: modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas
- se dicta de conformidad Real Decreto 500/2024: modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (en el BOE)
- Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero (en el BOE)
- Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre (en el BOE)