Real Decreto

El Esquema Nacional de Seguridad fija medidas para proteger los sistemas y la información del sector público

Título oficial: Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 4 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7191 90 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La norma establece principios y requisitos de seguridad para proteger la información y los servicios digitales de las entidades públicas. También se aplica a empresas privadas que prestan servicios o suministran soluciones a estas entidades.

Las entidades deben gestionar los riesgos de sus sistemas y adoptar medidas de seguridad acordes con la información que manejan y los servicios que prestan. Esto incluye controlar accesos, proteger la información, gestionar incidentes, mantener copias de seguridad y revisar la seguridad de forma continua.

La norma alcanza a todo el sector público y, bajo las condiciones indicadas, a las entidades privadas que trabajan para él. Los sistemas existentes disponen de veinticuatro meses desde la entrada en vigor para adecuarse; los nuevos sistemas deben aplicar estos requisitos desde su concepción.

A quién afecta

  • Entidades de todo el sector público
  • Entidades privadas que, mediante una relación contractual, prestan servicios o proveen soluciones a entidades del sector público
  • Responsables y personal que intervienen en los sistemas de información incluidos en el ámbito de la norma

Qué cambia

  • Actualiza los principios y requisitos mínimos para proteger la información y los servicios digitales.
  • Exige gestionar los riesgos de forma continua y aplicar medidas proporcionadas a esos riesgos.
  • Establece medidas para controlar accesos, proteger instalaciones e información, gestionar incidentes y mantener la continuidad de la actividad.
  • Prevé auditorías regulares de seguridad al menos cada dos años y auditorías extraordinarias ante modificaciones sustanciales que puedan afectar a las medidas de seguridad.
  • Los sistemas de categoría MEDIA o ALTA necesitan una auditoría para certificar su conformidad; los de categoría BÁSICA requieren una autoevaluación.
  • Permite perfiles de cumplimiento específicos y sustituir medidas por otras compensatorias si se justifica documentalmente que protegen igual o mejor.
  • Los sistemas existentes deben alcanzar su plena adecuación en veinticuatro meses; los nuevos aplican la norma desde su concepción.

Qué hay que hacer

  • Las entidades afectadas deben adoptar las medidas de seguridad que correspondan a los riesgos y a la categoría de sus sistemas.
  • Las entidades privadas afectadas deben contar con una política de seguridad y cumplir los requisitos del ENS para los servicios o soluciones que proporcionan.
  • Los sistemas existentes deben alcanzar la plena adecuación al ENS en veinticuatro meses y exhibir el distintivo de conformidad correspondiente.
  • Los sistemas de categoría MEDIA o ALTA deben someterse a una auditoría para certificar su conformidad; los de categoría BÁSICA deben realizar una autoevaluación.

Plazos

  • Veinticuatro meses para que los sistemas existentes alcancen su plena adecuación al ENS.
  • Auditoría regular ordinaria al menos cada dos años; el plazo puede extenderse durante tres meses si concurren impedimentos de fuerza mayor no imputables a la entidad.
  • Los sistemas nuevos aplican lo establecido en el real decreto desde su concepción.

Preguntas y respuestas

¿A qué entidades se aplica?

A todo el sector público. También se aplica a entidades privadas que, mediante una relación contractual, presten servicios o provean soluciones a entidades del sector público para el ejercicio de sus competencias y potestades administrativas.

¿Qué deben hacer las entidades para proteger sus sistemas?

Deben gestionar los riesgos y adoptar las medidas de seguridad correspondientes a sus sistemas, teniendo en cuenta los activos, la categoría del sistema y los riesgos identificados.

¿Cada cuánto se auditan los sistemas?

La auditoría regular ordinaria debe hacerse al menos cada dos años. También debe realizarse una auditoría extraordinaria si hay modificaciones sustanciales que puedan repercutir en las medidas de seguridad.

¿Cuánto tiempo tienen los sistemas existentes para adecuarse?

Disponen de veinticuatro meses desde la entrada en vigor para alcanzar su plena adecuación al ENS.

¿Qué comprobación de conformidad necesitan los sistemas?

Los sistemas de categoría MEDIA o ALTA necesitan una auditoría para certificar su conformidad. Los de categoría BÁSICA requieren una autoevaluación, aunque también pueden someterse a una auditoría de certificación.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 311/2022
Organismo
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Fecha de la norma
3 de mayo de 2022
Publicada en el BOE
4 de mayo de 2022
En vigor desde
5 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-7191
Última actualización en el BOE
3 de agosto de 2026

Temas

Materias: Administración electrónica · Comunicaciones electrónicas · Control de calidad · Entidades de certificación · Programas · Reglamentaciones técnicas · Riesgos · Seguridad informática · Telefonía móvil

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (10)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.